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Apuntes de derecho administrativo
Tipo: Apuntes
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Derecho Administrativo 21 de ene. de 19 Administración Pública y derecho Administrativo
El objeto del derecho administrativo son las administraciones públicas, como verbo, como acción. La actividad que le corresponde a la rama ejecutiva. Existe una trilogía que es la administración publica, el estado y derecho administrativo. Pues no se puede hablar de la una sin la otra. ¿Qué fue primero? Estado? – Administración Pública? – Derecho Administrativo? Si el derecho administrativo es el derecho de la administración pública , cómo se explica su aplicación a sujetos distintos a la administración pública? El derecho administrativo se aplican a particulares que llevan a cabo función administrativa. Pues si bien el objeto de estudio son las entidades administrativas también se aplica a particulares que tengan funciones públicas. En esencia las administraciones tienen una función administrativa. También hay particulares que llevan a cabo función administrativa. Entonces ahí también interviene el derecho administrativo, pues este siempre se aplica cuando hay función administrativa. ¿Cómo se explica la inaplicabilidad del derecho administrativo a comportamientos de la administración publica? Hay actividades que en la administración pública el derecho administrativo no puede estar. Pues hay excepciones donde no se da una función administrativa, si no distintas funciones como la función judicial, por ejemplo la Superintendencia de Industria y Comercio que hace parte de la rama judicial ejerce funciones judiciales.
Derecho Administrativo Subsistema normativo
Estado
Administración Pública : Objeto del derecho administrativo
Ejemplo el procurador que es particular emplea funciones administrativas. Un ejemplo de un particular desempeñando funciones judiciales son los árbitros y los jueces de paz. En cuanto a la función judicial no es competente el derecho administrativo, mientras que en la función administrativa si. Formación Histórica ¿El concepto de administración pública ha evolucionado paralelamente al Estado? La administración pública debe revisarse históricamente para concebirla como una realidad y necesidad social que dependiendo de las exigencias de su entorno “público”, adopta una u otra forma sin perder su esencia. Cuando se comienza a hablar de lo “público” aparece la concepción de administración pública. Para que se hable de lo público se necesita hablar del estado, pues sin este no se puede hablar de lo público. Para hablar de administración pública es necesaria la existencia del estado. Entonces no se puede hablar de que una nace primero que la otra pues se puede pensar que son concomitantes pues una depende de la otra. Aunque hay varios que afirman que el estado nace primero pero sin la administración pública no hay estado. Entonces por ello se afirman que las tres nacen al tiempo por la dependencia la una de la otra. Aproximación conceptual : Acción y efecto de administrar y administrar es ordenar, disponer, garantizar. Actividad o conjunto de actividades “PÚBLICA”, fenómeno estatal. Administración Publica orden estatal: Producción teórica y doctrinaria desde el siglo XIX – XX Aproximación Jurídica : Concepto de la administración pública en su estructura, sus funciones y quienes la componen y desarrollan, interacción de sus partes con los particulares y las libertades individuales. Su desarrollo jurídico fue más del ser que del deber ser. La Administración Pública Antes de la Existencia del Estado Moderno Giannini Existían normas, personas, recursos financieros para llevar a cabo fines propuestos por organizaciones sociales, mas o menos complejas ubicadas en diferentes momentos y lugares. (Antigüedad, edad media – feudos).
Administración publica y derecho administrativo
La administración en sociedad de la antigüedad
La Administración publica en el Estado de Derecho Se adquiere una nueva comprensión de la administración pública por la división de las ramas del poder político y la actuación de esta frente a las libertades individuales que se reconocen o reivindican. La legalidad que se obtiene y su consideración como un principio medular del nuevo estado, se comporta de manera distinta con los particulares y con las administraciones públicas, en la medida en que estas deben encuadrar su comportamiento en un mandato expreso. El sometimiento a la ley de los particulares y las administraciones públicas es distinto, en cuanto estas deben encontrar mandato expreso para el desarrollo de sus actividades y para su eventual capacidad de adoptar decisiones. La administración pública encuentra en la ley no sólo su referente funcional, sino también orgánico. Constituye una garantía ciudadana la identificación inequívoca en la ley de qué puede hacer la administración pública, pero también de cómo está conformada. Seguridad jurídica: una ley debe ser expedida por el órgano competente. La concreción de la división del poder político trae la confirmación de la administración pública como una manifestación de poder político y en segundo lugar su identificación orgánica y funcional con la rama ejecutiva del poder público. La administración pública y la ley encuentran un límite superior en las libertades individuales. Garantizarlas desde una perspectiva administrativa se logra evitando violarlas y que terceros lo hagan. La administración no viola y vigila que no se violen los derechos fundamentales. Las administraciones públicas garantizan de manera permanente el bienestar de las personas. Características de la administración publica en un estado de derecho las administraciones publicas deben actuar por mandato expreso de la ley para desarrollar sus actividades y adoptar decisiones. La ley define como está conformada la administración pública, y qué puede hacer.
Administración que resuelve problemas generales, de estado nacional
La administración pública se encarga de lo público, para legitimar el proceder político del monarca
Facultades políticas vs. Administrativas. Administración pública como manifestaciones del poder público
La división del poder político confirma a la administración publica como una manifestación del poder político y su pertenencia a la rama ejecutiva del poder público. La administración publica y la ley encuentran un límite superior en las libertades individuales. La administración no debe violarlas y demás debe evitar que las violen. La Administración Publica en el Estado Social de Derecho Estado Social de Derecho : De un estado fundado en el principio de las libertades individuales, se pasa a un estado fundado en los principios de igualdad (material la formal no sirve pues es la que está en el papel) y solidaridad. Esto trae consigo enormes implicaciones para la administraciones públicas, principalmente desde una perspectiva MATERIAL: La actividad administrativa sufre una lógica transformación como consecuencia de una necesaria actuación protagónica, frente a los fines propios de esta forma de concebir el estado. En cuanto a la administración se crean nuevas instituciones con el fin de proteger los derechos individuales y para sancionar las violaciones. La administración debe solucionar los problemas y cumple la materialización del estado social de derechos. De una administración púbica que garantiza libertades individuales, absteniéndose de violarlas y logrando que terceros también lo hagan, se pasa a una administración pública que continua por estar línea pero de manera instrumental, para el desarrollo de su propósito principal, consistente en garantizar derechos sociales y estándares de igualdad material fundados en la solidaridad. Desde el plano organizativo y funcional se adelantan cambios radicales consistentes en la ampliación de las fronteras del fenómeno administrativo. Las administraciones públicas se multiplican y su proceder no será tan discreto La relación entre ci 23 de ene. de 19 Aportes de la Revolución de Independencia Norteamericana al Derecho Administrativo
Supra principios: Institucionalización del poder y estado de derecho Se hace referencia a que toda la actividad que se ha llevado a cabo los gobernantes en las administraciones publicas que están establecidas en la ley se generan órganos e instituciones que actúan conforme a la ley. Ya no es decisión del gobernante tomar decisiones. Hay una estructura en el estado que se ajustan a la constitución y a la ley. Los agentes del estado realizan únicamente lo que esta establecido en la en la ley. Constitución escrita Otorga certeza y contenido objetivo a los postulados revolucionarios mediante unas normas generales. Representa la confianza que ponen los hombres en el poder de la palabra formalmente escrita, para mantener un gobierno. Aportes al derecho administrativo Colombiano : Naturaleza superior y general de la Constitución. Punto de referencia para la actuación y decisión de los poderes públicos. Establece los principios de sumisión del Estado al derecho. Limitación al poder público. Regula los principios referentes a los derechos fundamentales e individuales de los ciudadanos. “El derecho administrativo es la materialización del derecho constitucional”. Democracia y soberanía popular Traslada la soberanía del parlamento ingles, al pueblo norteamericano. Loa interpretes de la voluntad estatal son elegidos por voluntad popular. Las instituciones son democráticas en su creación y su desarrollo. Los representantes están completamente bajo la dependencia del pueblo, que es quien elige, dirige aunque la forma de gobierno sea representativa. Separación de poderes El poder debe estar limitado mediante la distribución del mismo, para erradicar su contradicción, lo que trae como consecuencia el absolutismo y la tiranía. Control de Constitucionalidad Esta encargada de proteger la Constitución, no puede haber una ley inferior que vaya en contra de esta. Por ser la constitución norma suprema se establece mecanismos para preservar, evitar su incumplimiento o desconocimiento por parte de los poderes.
Derechos y libertades individuales Los antecedentes son el acervo de derechos para los ciudadanos. Sistema presidencial Un presidente electo, en cabeza del poder ejecutivo. La Revolución Francesa aportes al Derecho Administrativo Transformación del derecho público del bajo medioevo del absolutismo. Transformación de las relaciones económica sociales y políticas de Europa continental. Influencia : John Locke, Rousseau, Montesquieu y la revolución americana. 1789 – Asume el poder la Asamblea Nacional. Sometimiento del rey. Declaración de derechos del hombre y del ciudadano. Principios Soberanía nacional : Ente universal de la nación que comprendía por igual a todo el pueblo. Supremacía de la ley, principio de legalidad, idea de Constitución : Ley como instrumento superior y absoluta de la voluntad general. Declaración de derechos : Los derechos son inherentes a la condición del ser humano, las cuales se incorporan a la ley para que surja la obligación de respetarlos y en caso tal de violarlos generar consecuencias jurídicas. División de poderes : La cabeza estaba en las tres ramas en Francia mientras que en EEUU estaba en la rama ejecutiva. Supremacía de la administración :
28 de ene. de 19 Presentaciones Primera : 1449 – 1500 España busca implantar en América sus instituciones, funcionarios y funciones. Por ejemplo la figura del virrey. Los elementos de Estado que empiezan a aparece, en relación con la población española en América, son el poder político (soberanía), territorio, población.
30 de ene. de 19 Principios del derecho Administrativo Las fuentes primarias son la ley y los principios Las fuentes secundarias son acto jurídico, negocio jurídico, costumbre, equidad, analogía. La jurisprudencia es fuente siempre que sea precedente o sentencia de unificación. Las que no son estas son como la doctrina, herramientas que permiten una adecuada interpretación de las fuentes del derecho. El principio exige al juez El derecho es positivo y por eso las fuentes están escritas Los problemas jurídicos se resuelven en las fuentes del derecho. Existen vasos comunicantes entre todo el ordenamiento jurídico, por eso las fuentes del derecho no se interpretan de manera aislada se interpretan dentro de ese ordenamiento jurídica. La interpretación se hace de manera sistemática, exegética y sociológica. Principio en Estado de Derechos y Estado Social de Derechos Un supra principio La constitución como norma suprema del sistema jurídico administrativo : “Texto constitucional que incorpora reglas de organización y funcionamiento de los poderes públicos y los derechos naturales que racionalmente les correspondía como seres políticos e individuos de la especie humana” Art 4 CP : Constitución norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicará las disposiciones constitucionales. Cuando la incompatibilidad tiene que ver con tratados hay que ver cada caso La Corte Constitucional tiene ciertos reparos de la jurisprudencia de la Corte interamericana de derechos humanos, es fuente ven ciertos caos cuando tiene que ver con DD.HH. La Corte Constitucional que el preámbulo goza de poder vinculante en cuanto sustenta el orden que la Carta instaura y por tanto toda norma – sea de índole legislativo o de otro nivel
Supra principios: sustenta centrales del carácter normativo jurídico del sistema constitucional y jurídico, vinculado consecuentemente a la totalidad de la administración publica del derecho administrativo Supra principio del Estado de derecho – Supra principio del Estado democrático – Supra principio del Estado social de derecho – Supra principio del Estado Unitario – Supra principio de la integración. Supra principio del Estado de Derecho Valores y principios constituyen el carácter axiológico y de fines que deben servir para interpretar los marcos jurídicos y normativos que se derivan a partir del texto constitucional – Corte Constitucional Junio 1992 Si se va a interpretar la ley, se tiene que hacer a la luz de los principios y valores que establece la constitución. Principio de Legalidad Hay legalidad formal (121, 122 ss. CP), teleológica (art 2, 123, Inc. 2 y 2009. CP) y gobernadas ( art 6 y 95. CP). Incluye tratados, constitución, leyes. Incluye todos los principios. Y debe ser acatado por todos Implica una aproximación al concepto sustancial de derecho, lo que recoge la totalidad de normas, principios y valores que inspiran el sistema jurídico. Los tratados permean la función administrativa. Todos nos debemos sujetar a lo que dice la ley y este principio no representa aplicar a como de lugar el derecho si no aplicarlo para materializar la justicia. Porque este principio incluye, valores, leyes, etc. Entonces no puede hacerse nada ilegal para el destinatario de la norma u ordenamiento jurídico. No se aplica de manera fría la ley. Se presume la legalidad de un acto administrativo hasta que un juez diga lo contrario, es quien declara la nulidad. Principio de Prevalencia del interés general Carácter finalístico estatal y expresivo de los intereses comunes El Estado debe buscar los derechos individuales que también están limitados cuando afecta al interés comunal. Se debe de buscar la prevalencia del interés general por encima de lo particular. Principio de Responsabilidad
Principio de la división de poderes Mecanismo para facilitar el ejercicio del poder, sistemas natural de control entre los diferentes órganos y autoridades, evitar la concentraciones del poder, evitando el absolutismo y el ejercicio individual de poder. Principios de control de la actividad pública Contraloría – Nacional, departamental, municipal y distrital. Procuraduría, Defensoría, Personería Pesos y contra pesos. Sistema y garantizador la estabilidad del estado de derecho. Supra principio del Estado democrático Fenómeno cultural con efectos políticos sociales y jurídicos, que debe dominar el ejercicio del poder en todas sus manifestaciones. El estado colombiano es democrático, participativo y pluralista, el poder o la soberanía reside exclusivamente en el pueblo del cual emana el poder público. Art 1 y 3 C.P El constituyente primero es el pueblo. El poder emana del pueblo no del gobernante, pues el pueblo pone en cabeza del gobernante ese poder. ¿Cómo se materializa su aplicación frente a la actuación de la administración pública? Art 125 C.P. Fundamento jurídico del sistema democrático: Principio de igualdad No permite privilegios ni exorbitancias que alejan el ejercicio del poder de los intereses del pueblo que constituye su base esencial (Sentencia C022 de 96) a). La actividad y voluntad del estado está formada y ejercida por los mismos que están sometidos a ella. b) El pueblo a quién se dirige el poder del estado, es al mismo tiempo sujeto de este poder; su voluntad se convierte en voluntad del estado son apelación superior; el pueblo es soberano. (García Pelayo. Derecho constitucional. P 169, 170 ). Democracia – Gobierno del pueblo
Principio de la soberanía popular Art 3 C.P: Fuente suprema de la totalidad el poder ejercido directa o indirectamente por el pueblo. Poder encausado, no absoluto.
Democracia directa (ejerce el pueblo cuando elige a los dignatarios) e indirecta (los elegidos eligen a otros). Principio de la participación Sentencia C 585 de 95: Los ciudadanos se incorporan directamente a los asuntos administrativos, que es donde se concentra el poder político. Atemperar la crisis del sistema democrático representativo. Preámbulo Art 2 y 103 C.P. Ley 134 de 1994: Mecanismos de participación Iniciativa popular legislativa. Art 2 Referendo. Art 3,4 y 5 Revocatoria de mandato. Art 6 Plebiscito. Art 7 La consulta popular. Art 8 Cabildo abierto. Art 9 La audiencia ciudadana en los consejos municipales. Art 77 Las veedurías ciudadanas. Art 100 Principio del Pluralismo Aceptación de la diferencia y su respeto y tolerancia. El pluralismo en su interacción con toda la tolerancia permite la convivencia con la diversidad, en la coexistencia de tendencias. Preámbulo art 1, 7, 8, 10, 13, 246 C.P. Supraprincipio del Estado Social de Derecho Cambio cualitativo y cuantitativo en las finalidades estatales, garantiza estándares mínimos de salario , alimentación, salud, habitación, educación, asegurados para todos los ciudadanos, bajo la idea de derecho y no simplemente de caridad Nueva manera de interpretar al derecho: búsqueda de la justicia material y lograr soluciones de hechos específicos. Se busca la igualdad material igual. Principio de Solidaridad Relación reciproca de interdependencia que debe existir entre el Estado y sus asociados, solidarismo que se relaciona con el pluralismo y la tolerancia. Corte. Constitucional T 533 del 23 de septiembre.
Policía Administrativa La policía de la fuerza pública es diferente a la administrativa aunque en ocasiones puede desempeñar cuestiones administrativas. Cuando se habla administrativa se tiene que hablar de Estado y en la antigüedad no había Estado. Pero esto existe desde el momento en que pasan de ser nómadas a sedentarios, para poder vivir en comunidad debía existir la policía. Función administrativa Clasificación Actividad de policía o de limitación a la libertad. Intervención control y vigilancia De manera permanente, donde el administrativo de manera directa nos controla, nos vigila Normativa y reguladora Desde que nacemos el derecho administrativo interviene en nuestras vidas. Esta actividad distinta a la legislativa, que está a cargo del presidente, es trascendental. Acto administrativo de carácter general. Actividad de prestación de servicios públicos Fomento Planificadora y programadora Banca central Actividad de policía o de Limitación a la Libertad Conjunto de medidas coactivas, utilizadas por la Administración para que el asociado actúe en interés general. Limitación de derechos y libertades, ejercicio de la fuerza y la coacción, justificadas bajo el principio de legalidad, con el único propósito de ofrecer soluciones efectivas a la comunidad Principal característica del estado social de derecho con propósitos sociales. Manifestaciones: limitaciones administrativas de derechos expropiaciones, imposición de deberes u órdenes, extinción de dominio, medidas de orden público, limitaciones sanitarias, restricciones por razones ambientales etc. Actividad de prestación de servicios públicos Es toda actividad de interés general que el Estado debe asumir porque es connatural para brindar soluciones a la comunidad: a. Que el servicio público corresponda a la satisfacción de una necesidad en interés
general. b. Que el servicio público dependa directa o indirectamente de la administración pública. El estado sufre permanentes cambios en su modelo económico prestacional, con efectos en la forma de la prestación de los servicios públicos, que debe ser regulados por las leyes del mercado, conservando el Estado a través de la administración pública, su regulación, vigilancia, control y sanción. Sistema abierto, presidido por la libertad de empresa, con libertad de precios y modalidades de prestación, con libertad de inversión amortización, en régimen de competencia abierta como cualquier actividad comercial o industrial en la que hay que luchar por el cliente. * Se debe garantizar la mejor prestación de servicio y debe tener la posibilidad de escoger. De acuerdo a la dinámica económica se prestan los servicios Actividad Económica y de Banca Central En las economías desarrolladas dentro de la libertad de mercados, el postulado básico constitucional invita al Estado a respetar la iniciativa privada, permitiendo que las actividades económicas sean desarrolladas independientemente por los particulares, siempre y cuando no atenten contra el bien común. El estado solo puede asumir una posición de control (dentro del marco de principio de legalidad), con el propósito de que los actores de la economía no desborden los parámetros que tanto el mercado como el interés general imponen (el control da limite). El Estado por mandato constitucional es un protagonista inevitable en cuanto a la dirección general de la economía, frente a procesos productivos, de explotación de recursos, uso del suelo, etc. En este caso las actividades desarrolladas por los entes estatales es típicamente administrativa. También le corresponden las decisiones, regulaciones y operaciones relativas al ejercicio de la banca central. La regulación de la moneda, los cambios internacionales Actividad Normativa y Reguladora Actividad administrativa con la presencia de regulaciones por parte de organismos públicos especializados, o de autoridades expresamente habilitadas al igual que en el ejercicio de la potestad reglamentaria, con la expedición de actos administrativos de carácter general, la promulgación de órdenes directivas circulares y demás disposiciones o normas de diversos
Actividad de Fomento Implica el desarrollo concreto y efectivo de políticas estatales en la promoción del desarrollo social y la generación de oportunidades económicas, propias en todo estado social de derecho. Generar mecanismos para impulsar y fortalecer la iniciativa privada en las economías de mercado. Se materializa con la adopción de medidas económicas. Ejemplo: Subvenciones, desgravaciones fiscales, empréstitos, líneas crédito, incentivos a la industria al comercio. En decisiones de carácter jurídico: Ej. Otorgando concesiones, privilegios y explotaciones a los particulares. Intervención del Estado en el Economía y el mercado: Para evitar el desbordamiento de las reglas de la economía dentro de la sana competencia y la libertad.
Todas las actividades de la función publica no son administrativas.
Art 209 C.P. 11 de feb. de 19 ¿Toda actividad de la administración publica es administrativa? No porque hay actividades de su objeto social que no corresponde a lo administrativo
Actividad económica
Prestación de servicio público
Actividad de policía administrativa
Imposición de límites a derechos fundamentales para servir a la comunidad.
Medio para la realización del servicio público
Actividad de policía administrativa como derecho / poder
y también porque excepcionalmente los funcionario tienen función judicial y el presidente en ocasiones tiene funciones legislativas. Cuando un particular desempeña funciones administrativas se aplica la norma administrativa y cuando una entidad ejerce una función no administrativa se aplica la norma que le corresponda.
Finalidad de la administración pública Finalidad de la administración pública Satisfacción del interés general Prevención del orden publico
Conformación Conformación Servicio Público Policía administrativa
Actividad de la policía Administrativa Actividad administrativa cuya finalidad es la preservación del orden público mediante la concreción de normas que limitan los derechos de las personas. Actividad administrativa para la realización de intereses colectivos y sociales, antes que la limitación de derechos y libertades individuales, que deben ser garantizados en un estado social de derecho, donde conviven derechos fundamentales subjetivos, donde la individual se debe comprender en un contexto racional y ponderado en el que prima el interés general, la solidaridad y la igualdad material sobre los individualismos (Montaña Plata Alberto, pág. 141-142).
Componentes del Orden Público
Seguridad Tranquilidad Salubridad 2 Ambiente Estabilidad Económica
Seguridad Se debe garantizar la seguridad frente a actos terroristas y se une con el principio de responsabilidad. Tranquilad Debe garantizarse en lugar púbicos como privados. Prevención de los desordenes.