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DEMANDA ORDINARIA DE INCUMPLIMIENTO DEL PAGARÉ
Tipo: Ejercicios
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DELFINO CHÁVEZ UREÑA, promoviendo por mi propio derecho y señalando como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en PABLO GONZÁLEZ CASANOVA 1584 COL BEATRIZ HERNANDEZ, GUADALAJRA JA L autorizando para que en mi nombre y representación las reciba EL C. JORGE MOISES CAJERO RAMOS , con número de cédula profesional 5381143 en términos de lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 1069 del Código de Comercio; ante Usted con el debido respeto comparezco y manifiesto:
QUE, por medio del presente escrito, con la personalidad con que me ostento, en la vía ordinaria mercantil y en ejercicio de la acción causal, vengo a demandar al señor JOSÉ MARÍA GONZALEZ BENITEZ , en su carácter de deudor principal y al señor RICARDO BECERRA DUEÑA , en su calidad de aval, de los documentos mercantiles pagarés que como fundatorios de la acción acompañamos al presente escrito de quienes señaló domicilio para que sean debidamente emplazados a juicio, el ubicado en la JUAN JOSÉ CLEMENTE 456 COL GUAYABOS, GUADALAJARA JALISCO MÉXICO
P R E S T A C I O N E S
A) El pago de la cantidad de USD $80,000.00 (OCHENTA MIL CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA) por concepto de suerte principal de la suma de la serie de dos títulos de crédito en su modalidad de “pagarés” que en original y fotocopia simple fundatorio de mi acción acompaño al presente escrito, los cuales se detallarán en el capitulo de hechos de esta demanda.
B) El pago de los intereses moratorios causados a razón del 3% (tres por ciento) mensual, contados a partir de que mis ahora demandados se constituyeron en mora, así como los que se sigan causando hasta que se me haga el pago total de la
suerte principal y demás accesorios legales reclamados; intereses derivados de la suerte principal por la cantidad de USD $80,000.00 (OCHENTA MIL DOLARES CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA)
C) El pago de los gastos y costas, que se originen con la tramitación del presente juicio hasta su conclusión.
Fundo mi demanda en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de derecho.
H E C H O S
1.- En esta Ciudad de GUADALAJARA JALISCO, con fecha diecinueve de abril de dos mil once, el señor JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ BENITEZ , en su carácter de deudor principal y el señor MAURICIO BECERRA DUEÑAS , en su calidad de aval, suscribieron a favor del suscrito DELFINO CHÁVEZ UREÑA , una serie de dos títulos de crédito en su modalidad de pagarés, el primero de ellos marcado con el numero por la cantidad de USD $50,000.00 (CINCUENTA MIL DOLARES CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA) y con fecha de vencimiento el día veinticinco de mayo de dos mil once; y el segundo de ellos, marcado con el número 2/2, por la cantidad de USD $30,000.00 (TRES CIENTOS MIL DOLARES CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA) y con fecha de vencimiento el día veinticinco de junio de dos mil once, pactandose en ambos títulos un interés moratorio mensual del 3% (tres por ciento); según lo acredito desde este momento con los pagarés relativos que en original y fotocopia simple como fundatorios de mi acción acompañó a esta demanda.
2.- La suscripción de los documentos mercantiles “pagarés” referidos en el punto de hechos inmediato anterior, fue con motivo de que el día diecinueve de Abril de dos mil once, encontrándonos en la casa marcada con el número interior seis del número diez de la calle cinco oriente de GUADALAJARA JALISCO, siendo aproximadamente las ocho treinta horas, realice un préstamo de dinero en efectivo a
PRIMERO.- Tenerme por presentado en términos de este escrito y anexos que acompaño, demandando en la vía ordinaria mercantil y en ejercicio de la acción causal, al señor JOSÉ MARÍA GONZALEZ BENITEZ , en carácter de deudor principal y al señor MAURICIO BECERRAS DUEÑAS en su calidad de aval de los documentos mercantiles pagarés marcados con los números 1/2 y 2/2, que como fundatorios de la acción acompaño al presente escrito.
SEGUNDO.- Ordenar emplazar a los demandados en el domicilio que para tal fin he indicado, para que dentro del término de ley, den contestación a la demanda instaurada en su contra conforme a sus intereses convenga.
TERCERO.- En su conformidad procesal, pronunciar sentencia definitiva, condenando a los demandados al pago de todas y cada una de la prestaciones que se le reclaman, y en caso de que no verificarse dicho pago dentro del término que para ello se les conceda, ordenar se les embargue bienes de su propiedad suficientes y bastantes, para que con su producto se me haga el pago de las especies reclamadas.
EXPRESO MI SINCERO RESPETO AL HONORABLE JUZGADO.