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Demanda de Naim mmmm, Apuntes de Derecho Procesal

Demanda detallada Sobre una situación

Tipo: Apuntes

2023/2024

Subido el 09/06/2025

areli-reynoso
areli-reynoso 🇲🇽

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NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN
VS
TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO
JUICIO: SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS
PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR
DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL
DE NEZAHUALCOYOTL, CON RESIDENCIA EN
CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.
P R E S E N T E
NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN y TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO, por
nuestro propio derecho; señalando como domicilio el ubicado en AVENIDA RIVA PALACIO No.
83-3, COLONIA ESTADO DE MEXICO, CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO; así
como la lista y boletín judicial en los estrados de este H. Juzgado para los efectos de ley a que
haya lugar; autorizando en términos de los artículos 1.93 y 1.94 del Código de Procedimientos
Civiles en vigor para el Estado de México, al Licenciado en Derecho GERARDO MIGUEL
CASTILLEJA CRUZ, con numero de cedula 8067128 expedida a su favor por la Secretaria de
Profesiones, así mismo a los C. Ramon Mora Sánchez, Claudio Arimatiel Mora Carrillo, C. Pedro
Jovany Vilchis Salinas, Zayra Denisse Ruiz Sambrano, José Rubén Velázquez Rodríguez,
Verónica Jardines Aguilar, Jessica Jazmín Morales Serrano, Kevin Eduardo Maldonado Ruiz,
Evelin Guadalupe Espinoza Baltazar, Enrique García Vázquez, Areli Lisset De la Luz Reynoso;
pasantes en Derecho, para oír y recibir todo tipo de notificaciones, de manera conjunta e
indistintamente, ante Usted respetuosamente comparezco para exponer lo siguiente:
Que por medio del presente escrito, con fundamento en los artículos 4.88 y 4.89 del Código Civil
venimos a solicitar la disolución del vínculo matrimonial que nos une y como consecuencia del
mismo la terminación de la Sociedad Conyugal, el cual celebramos el 15 quince de Enero del
2002 dos mil veintidós.
Fundamos nuestra solicitud en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho:
H E C H O S
1.- En fecha 15 (quince) de enero del año de 2022 (dos mil veintidós), el suscrito y la señora
TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO, contrajimos matrimonio bajo el régimen de Sociedad
Conyugal, ante el oficialía 01 del Registro Civil en el Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de
México, lo que acredito con la copia certificada del acta de matrimonio que se anexa al presente
escrito.
2.- Nuestro último domicilio conyugal lo establecimos en AVENIDA RIVA PALACIO No. 83-3,
COLONIA ESTADO DE MEXICO, CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO;
3.- De dicho matrimonio, bajo protesta de decir verdad, NO PROCREAMOS a ningún hijo y bajo
el mismo rubro, manifestamos que la C. TANIA KARINA FIGUERO CANSECO, NO se
encuentra en estado de gravidez, así como no el haber adquirido bienes durante nuestra
relación conyugal.
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NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN

VS

TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO

JUICIO: SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS

PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR

DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

ESCRITO INICIAL

C. JUEZ EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL

DE NEZAHUALCOYOTL, CON RESIDENCIA EN

CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO.

P R E S E N T E

NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN y TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO, por nuestro propio derecho ; señalando como domicilio el ubicado en AVENIDA RIVA PALACIO No. 83-3, COLONIA ESTADO DE MEXICO, CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO; así como la lista y boletín judicial en los estrados de este H. Juzgado para los efectos de ley a que haya lugar; autorizando en términos de los artículos 1.93 y 1.94 del Código de Procedimientos Civiles en vigor para el Estado de México, al Licenciado en Derecho GERARDO MIGUEL CASTILLEJA CRUZ , con numero de cedula 8067128 expedida a su favor por la Secretaria de Profesiones, así mismo a los C. Ramon Mora Sánchez, Claudio Arimatiel Mora Carrillo, C. Pedro Jovany Vilchis Salinas, Zayra Denisse Ruiz Sambrano, José Rubén Velázquez Rodríguez, Verónica Jardines Aguilar, Jessica Jazmín Morales Serrano, Kevin Eduardo Maldonado Ruiz, Evelin Guadalupe Espinoza Baltazar, Enrique García Vázquez, Areli Lisset De la Luz Reynoso; pasantes en Derecho, para oír y recibir todo tipo de notificaciones, de manera conjunta e indistintamente, ante Usted respetuosamente comparezco para exponer lo siguiente: Que por medio del presente escrito, con fundamento en los artículos 4.88 y 4.89 del Código Civil venimos a solicitar la disolución del vínculo matrimonial que nos une y como consecuencia del mismo la terminación de la Sociedad Conyugal, el cual celebramos el 15 quince de Enero del 2002 dos mil veintidós. Fundamos nuestra solicitud en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho: H E C H O S 1.- En fecha 15 (quince) de enero del año de 2022 (dos mil veintidós), el suscrito y la señora TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO , contrajimos matrimonio bajo el régimen de Sociedad Conyugal, ante el oficialía 01 del Registro Civil en el Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, lo que acredito con la copia certificada del acta de matrimonio que se anexa al presente escrito. 2.- Nuestro último domicilio conyugal lo establecimos en AVENIDA RIVA PALACIO No. 83-3, COLONIA ESTADO DE MEXICO, CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO; 3.- De dicho matrimonio, bajo protesta de decir verdad, NO PROCREAMOS a ningún hijo y bajo el mismo rubro, manifestamos que la C. TANIA KARINA FIGUERO CANSECO, NO se encuentra en estado de gravidez, así como no el haber adquirido bienes durante nuestra relación conyugal. 1 X

4.- Manifestamos que por así convenir a nuestros respectivos intereses y por existir circunstancias que hacen imposible nuestra vida en común, hemos decidido Divorciarnos de común acuerdo y así lo venimos a solicitar judicialmente, solicitando se decrete la disolución del vínculo matrimonial que nos une con todas las consecuencias legales inherentes a esta determinación. 5.- Para los efectos legales de su aprobación y observancia judicial, anexamos al presente escrito el Convenio a que hace mención el Artículo 5.6 del Código de procedimientos Civiles Vigente en el Estado de México, para lo cual exhibo el siguiente: CONVENIO Con fundamento en el artículo 5.6 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, a Ud. H. JUZGADO MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEZAHUALCOYOTL, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL. 1.- El C. NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN y la C. TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO, por nuestro propio derecho y otorgando nuestro consentimiento en el presente convenio; hemos decidido Divorciarnos de común acuerdo y así lo venimos a solicitar a su Señoría, que se decrete la disolución del vínculo matrimonial que nos une con todas las consecuencias legales inherentes a esta determinación. 2.- La C. TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO, establece su domicilio el ubicado en AVENIDA RIVA PALACIO No. 83-3, COLONIA ESTADO DE MEXICO, CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO; 3.- El C. NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN establece su domicilio en OYAMEL, M-6 L-9 CASA- 39, FRACCIONAMIENTO LOS HEROES CHALCO, CHALCO ESTADO DE MEXICO. 4.- De dicho matrimonio, bajo protesta de decir verdad, NO PROCREAMOS a ningún hijo y bajo el mismo rubro, manifestamos que la C. TANIA KARINA FIGUERO CANSECO, NO SE ENCUENTRA EN ESTADO DE GRAVIDEZ. 5.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, después de decretado el divorcio. NO SE REALIZA PROPUESTA EN CUANTO ESTA CIRCUNSTANCIA EN VIRTUD, DE QUE DURANTE EL MATRIMONIO NO GENERAMOS BIENES POR LO QUE NO EXISTEN BIENES QUE LIQUIDAR. Para acreditar lo manifestado en mis hechos con fundamento en lo dispuesto por el artículo 5.32, 5.33, 5.38 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en la entidad vengo a ofrecer los siguientes medios de prueba: P R U E B A S

1. DOCUMENTAL PUBLICA: consistente en la copia certificada del acta de matrimonio entre el suscrito NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN y la C. TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO, con número de folio MXRC 073564, de fecha 15 (quince) de enero del 2022 (dos mil veintidós) de la oficialía 01 (uno) del registro civil en el Municipio de Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, misma que se encuentra anexada en el presente expediente. Para tal efecto el presente medio de convicción se relaciona con todos y cada uno de los hechos que anteceden en el presente libelo y resulta idónea para acreditar lo vertido en ellos. Son aplicables los siguientes fundamentos de: DERECHO Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 1.94, 4.88, 4.89 y demás relativos y aplicables del Código Civil del Estado de México en vigor. Norman el Procedimiento los Artículos 2.275, 2.276, 2.277,2.278 y demás relativos y aplicables del Código Adjetivo. Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted C. Juez, atentamente pido:

CONVENIO DE DIVORCIO VOLUNTARIO

En Nezahualcóyotl, Estado de México el trece de Septiembre del 2023 Dos mil veintitrés, celebran el presente Convenio de divorcio NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN y TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO, en el Juicio de Divorcio por Mutuo Consentimiento que han promovido ante este H. Juzgado y que ponen a su consideración en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 4.102 del Código Civil Vigente en el Estado de México, con sujeción a las siguientes declaraciones y cláusulas que componen a continuación: DECLARACIONES AMBOS CÓNYUGES DECLARAMOS BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD LO SIGUIENTE: 1.- Que contrajimos Matrimonio Civil con fecha 15 quince de enero del 2022 dos mil veintidós , bajo el régimen de Sociedad Conyugal , tal y como lo acreditamos con la copia certificada del Acta de Matrimonio. 2.- Nuestro domicilio conyugal lo establecimos en AVENIDA RIVA PALACIO No. 83-3, COLONIA ESTADO DE MEXICO, CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO. 3.- Ambas partes manifestamos que, por nuestro propio derecho y de común acuerdo, presentamos adjunto al presente instrumento, ante el C. Juez Competente solicitando la disolución del vinculo matrimonial y la liquidación de la sociedad conyugal, y manifestamos que es nuestra voluntad a través de este instrumento y en los términos establecidos en el mismo. De acuerdo a lo anterior voluntariamente damos nuestro consentimiento a sujetarnos a las siguientes cláusulas que a continuación componemos: C L A U S U L A S PRIMERA.- Para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 4.102, señalamos que durante el presente procedimiento TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO, establecerá su domicilio AVENIDA RIVA PALACIO No. 83-3, COLONIA ESTADO DE MEXICO, CD. NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO; y NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN en el ubicado en OYAMEL, M-6 L- CASA-39, FRACCIONAMIENTO LOS HEROES CHALCO, CHALCO ESTADO DE MEXICO. SEGUNDA.- Respecto a la fracción II del numeral citado, estamos de acuerdo en que ninguna de las partes aportará cantidad alguna para sufragar los alimentos entre cónyuges, ni durante la tramitación del procedimiento de Divorcio ni después de concluido el mismo a favor , en virtud de que ambos trabajamos y obtenemos ingresos suficientes que permiten la subsistencia. TERCERA.- De dicho matrimonio, bajo protesta de decir verdad, NO PROCREAMOS a ningún hijo y bajo el mismo rubro, manifestamos que la C. TANIA KARINA FIGUERO CANSECO, NO SE ENCUENTRA EN ESTADO DE GRAVIDEZ. QUINTA.- Referente a la fracción V, manifestamos que durante nuestro matrimonio no se adquirieron bienes ni menaje que estén sujetos a la liquidación de la sociedad conyugal. AMBAS PARTES MANIFIESTAN QUE EN LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO NO MEDIO DOLO, ERROR, MALA FE, LESIÓN, VIOLENCIA, NI NINGÚN OTRO VICIO DEL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA PROVOCAR LA NULIDAD ABSOLUTA O RELATIVA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, RECONOCIÉNDOSE MUTUAMENTE LA CAPACIDAD LEGAL PARA CELEBRAR EL PRESENTE INSTRUMENTO, ENTERADOS DEL CONTENIDO, FUERZA Y ALCANCE LEGAL DEL PRESENTE INSTRUMENTO POR HABERLO LEIDO EN ALTA Y CLARA VOZ, LO FIRMAMOS DE COMÚN ACUERDO, AL CALCE Y AL MARGEN. PROTESTAMOS LO NECESARIO. _______________________________ _________________________________ NAHIM AGUIRRE CHAGOLLAN TANIA KARINA FIGUEROA CANSECO