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Orientación Universidad
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cuestionario de contratos., Apuntes de Derecho

habla de los diferentes contratos

Tipo: Apuntes

2023/2024

Subido el 15/05/2024

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¡No te pierdas las partes importantes!

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1- ¿Qué es un contrato?
Artículo 1495. Definición de contrato es un acto por el cual una
parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada
parte puede ser de una o de muchas personas. Debe haber capacidad,
objeto y causa licita. “contratista y contratante”.
2- ¿Cuáles son los elementos de un contrato?
Elementos accidentales: son aquellas que las partes establecen en
los contratos, las cuales no pueden ser contrarias a la ley, es la
autonomía de los contratantes, toda vez que son las partes,
quienes las pactan de manera expresa.
Elementos esenciales: son aquellas sin las cuales no puede existir
el contrato, si no se escriben esas cláusulas, el contrato no existe,
art 1502 capacidad, consentimiento, objeto y causa.
Elementos naturales: son aquellas que se entienden incorporadas
en el contrato, pero que las personas las pueden eliminar del
mismo, sin que este deje de ser válido. Art 1546 cc, clausula
resolutoria así no escribamos en el contrato, si no se
escribe se entiende que se da la disolución de la compra y
el precio, en todo contrato bilateral.
3- ¿Qué son los contratos civiles y comerciales:
Contratos civiles tienen como principal función el consumo o uso
propio de las partes, ejemplo compro una camisa es para usarla, un
almuerzo es para consumirlo, si compro una casa será para uso.
Contratos mercantiles; su principal característica es la especulación
mercantil, es decir, hacer alguna ganancia de la operación como fuente
de riqueza, ejemplo: en el civil es para nuestro uso o consumo, lo
mercantil lo que compramos es después para comercializarlo.
4- ¿Cuáles son las características de los contratos?:
Son consensuales; es el consentimiento de las partes,
Solemne: registrarlos en instrumentos públicos y elevarlos a
escritura pública “el matrimonio”
Bilaterales; crea obligaciones para los dos
Capacidad jurídica; es de disponer de las cosas, la capacidad de
vender y poder comprar.
Capacidad de obrar; aquella que tienen las personas por si mismas
de ejercer derechos y obligaciones.
5- ¿Cuáles son las clases de contratos?
Contratos bilaterales: se obligan las dos partes
Contratos unilaterales; agencia oficiosa de cuasicontratos
Contratos onerosos; Estos contratos generan costos que afectan al
patrimonio de las partes. La compra venta.
Gratuitos; Este tipo de contrato solo genera beneficio a una de las
partes, véase la donación.
6- ¿Qué es un Contrato de compraventa?:
La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar
una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta
comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama
precio. Art 1849
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1- ¿Qué es un contrato? Artículo 1495. Definición de contrato es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser de una o de muchas personas. Debe haber capacidad, objeto y causa licita. “contratista y contratante”. 2- ¿Cuáles son los elementos de un contrato?  Elementos accidentales: son aquellas que las partes establecen en los contratos, las cuales no pueden ser contrarias a la ley, es la autonomía de los contratantes, toda vez que son las partes, quienes las pactan de manera expresa.  Elementos esenciales: son aquellas sin las cuales no puede existir el contrato, si no se escriben esas cláusulas, el contrato no existe, art 1502 capacidad, consentimiento, objeto y causa.  Elementos naturales: son aquellas que se entienden incorporadas en el contrato, pero que las personas las pueden eliminar del mismo, sin que este deje de ser válido. Art 1546 cc, clausula resolutoria así no escribamos en el contrato, si no se escribe se entiende que se da la disolución de la compra y el precio, en todo contrato bilateral. 3- ¿Qué son los contratos civiles y comerciales: Contratos civiles tienen como principal función el consumo o uso propio de las partes, ejemplo compro una camisa es para usarla, un almuerzo es para consumirlo, si compro una casa será para uso. Contratos mercantiles; su principal característica es la especulación mercantil, es decir, hacer alguna ganancia de la operación como fuente de riqueza, ejemplo: en el civil es para nuestro uso o consumo, lo mercantil lo que compramos es después para comercializarlo. 4- ¿Cuáles son las características de los contratos?:  Son consensuales; es el consentimiento de las partes,  Solemne: registrarlos en instrumentos públicos y elevarlos a escritura pública “el matrimonio”  Bilaterales; crea obligaciones para los dos  Capacidad jurídica; es de disponer de las cosas, la capacidad de vender y poder comprar.  Capacidad de obrar; aquella que tienen las personas por si mismas de ejercer derechos y obligaciones. 5- ¿Cuáles son las clases de contratos?  Contratos bilaterales: se obligan las dos partes  Contratos unilaterales; agencia oficiosa de cuasicontratos  Contratos onerosos; Estos contratos generan costos que afectan al patrimonio de las partes. La compra venta.  Gratuitos; Este tipo de contrato solo genera beneficio a una de las partes, véase la donación. 6- ¿Qué es un Contrato de compraventa?: La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio. Art 1849

7- ¿Cuáles son las Características del contrato de compraventa?  Es de carácter consensual excepto en lo relacionado con los bienes raíces  Es oneroso  Es un contrato bilateral porque tiene obligaciones para las dos partes art 1546 La tradición de las cosas muebles, art 754 código civil, es que la persona que no entregue la cosa, si le pasa algo a esa cosa y no la ha entregado la persona que debe, esta debe ser responsable. En el contrato de compraventa de un bien inmueble hay que estar pendiente de la tradición. Derecho de retractación: Es el derecho que tiene una persona de retractarse de la compraventa si observa que el bien que se ha comprado no le satisface. Hasta antes de la escritura pública. 8- ¿Que son las arras? Estas siempre se dan el contrato de compraventa. Es un bien, que por lo general es dinero, que una parte entrega a la otra para que sirva de garantía para la celebración del contrato. 9- ¿Cuáles son las clases de arras?:

  • Retractatorias Artículo 1859. Arras de retractación Tienen como fin autorizar a las partes a desistir del contrato dentro del plazo estipulado para ello. (tiempo 2 meses)
  • Confirmatorias: Artículo 1861. Arras confirmatorias Se dan como señal de quedar convenidas las partes en el negocio, y con ella se perfecciona la venta, una vez se pacten el contrato y se entreguen a partir de ese momento el contrato es válido, las confirmatorias dan la señal de que el contrato es válido a partir de ese momento, cuando se traten de bienes raíces se elevan a escritura pública. 10- ¿Que son los vicios redhibitorios?; aquellos defectos ocultos que de haber los conocido el propietario o no lo hubiese comprado o hubiera dado un precio menor por la cosa que ha comprado. Art 1914. Es para anular el contrato, solo para contrato de compraventa El comprador puede iniciar la acción redhibitoria, que prescribe en 6 meses, para cosas muebles y un año para inmuebles, o puede iniciar la acción de rebaja de precio que prescribe en un año para muebles y 18 meses para inmuebles. Que se rebaje el precio. Solo para contrato de compraventa 11- ¿Qué es el contrato de arrendamiento? Que las dos personas se obligan una utiliza el goce y el uso y la otra se beneficia monetariamente, es aquel que una persona entrega una cosa para que la usen y la otra paga un precio determinado por el uso. 12- ¿Cuáles son las cosas objeto de arrendamiento? art 1974 cosas objeto de arrendamiento; cosas corporales e incorporales; corporales bienes muebles e inmuebles, incorporales “pilar arregla un pantalón” es incorporal pilar no puede arrendar sus manos. 13- ¿Qué cosas no se pueden arrendar? Las cosas consumibles y los derechos personales.

conjunto de conocimiento prácticos adquiridos por el franquiciador, basados en su experiencia y verificados por él. 21- contrato el leasing habitacional: Es una alternativa de financiación de vivienda a través de un contrato de arrendamiento, donde se cancelan cuotas mensuales (cánones) con la posibilidad de decidir si te haces propietario de la vivienda, ejerciendo la opción de compra que se pacta al inicio del contrato