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Convencion Colectiva de Trabajo, Apuntes de Derecho Laboral

Temario: Convencion Colectiva de Trabajo en Venezuela, LOTTT 2012. Derecho Laboral II UGMA

Tipo: Apuntes

2024/2025

Subido el 26/04/2025

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nashiva-reyes-1 🇻🇪

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Cuestionario de Trabajo II
Tema 4: Convención Colectiva de Trabajo: (Art 432)
Es un acuerdo escrito entre una organización sindical y un empleador (patrono) que establece las condiciones de
trabajo, salarios, beneficios y otras condiciones laborales, este acuerdo tiene fuerza de ley para las partes
involucradas y es obligatorio.
Su objetivo es regular las relaciones laborales y proteger los derechos de los trabajadores, mejorando las condiciones
laborales y promoviendo la estabilidad laboral.
Características de la CCT:
+ Bilateral: Cada una de las partes acepta responder por determinadas obligaciones.
+ Oneroso: Cada parte busca beneficiarse de la convención, el empleador procurará que los trabajadores
logren la mayor producción y los trabajadores pretenden el pago de salarios y prestaciones.
+ Es Solemne: Porque la ley establece que el sindicato que solicite celebrar dicha convención, presentará ante
la Inspectoría de Trabajo el proyecto de convención.
Aspectos Constitucionales y legales de la CCT:
Artículo 91 97 96 CRBV
Artículos 431 a 435 de la LOTTT.
Artículo 431: Derecho a la Negociación Colectiva
Se promueven relaciones armoniosas entre trabajadores y empleadores para proteger el trabajo y mejorar la
vida de los trabajadores.Todos los trabajadores tienen derecho a negociar colectivamente y crear convenciones
que establezcan las condiciones laborales y derechos para ambas partes, buscando una distribución justa de
la riqueza.
Artículo 432: Efectos de la Convención Colectiva
Las cláusulas de la convención colectiva son obligatorias y se integran en los contratos individuales de trabajo, incluso
para aquellos que no están en el sindicato que firmó la convención. Todos los trabajadores de la empresa se
benefician de la convención, incluso si se unen después de que se firmó.
Si la empresa tiene sucursales en diferentes lugares, la convención se aplicará a todas, según la mayoría de los
trabajadores representados. Excepto los representantes del patrono a quienes le corresponde autorizar y participar
en su discusión, salvo que exista una disposición en contrario de las partes.
- Ejemplo 1: Si después de que se creó la OS en la entidad de trabajo, entra a trabajar un nuevo empleado,
será igual será parte de los beneficios acordados.
- Ejemplo 2: Aunque algún trabajador no quisiera participar en la colaboración de la convención, igual será
parte de los beneficios acordados de la CCT
Artículo 433: Cláusulas Retroactivas
Si la convención incluye cláusulas retroactivas, estas serán aplicables a todos los trabajadores activos en el momento
de la homologación de la convención, a menos que se acuerde lo contrario.
Artículo 434: Progresividad de los Beneficios
La nueva convención no puede ofrecer condiciones menos favorables que las actuales. Puede modificarse alguna
cláusula si se acuerda y se establece que los nuevos beneficios sean más favorables en general.
Hay que especificar claramente los beneficios que serán sustituidos en la nueva convención.
Artículo 435: Duración de la Convención
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Cuestionario de Trabajo II Tema 4: Convención Colectiva de Trabajo: (Art 432) Es un acuerdo escrito entre una organización sindical y un empleador (patrono) que establece las condiciones de trabajo, salarios, beneficios y otras condiciones laborales, este acuerdo tiene fuerza de ley para las partes involucradas y es obligatorio. Su objetivo es regular las relaciones laborales y proteger los derechos de los trabajadores, mejorando las condiciones laborales y promoviendo la estabilidad laboral. Características de la CCT:

  • Bilateral: Cada una de las partes acepta responder por determinadas obligaciones.
  • Oneroso: Cada parte busca beneficiarse de la convención, el empleador procurará que los trabajadores logren la mayor producción y los trabajadores pretenden el pago de salarios y prestaciones.
  • Es Solemne: Porque la ley establece que el sindicato que solicite celebrar dicha convención, presentará ante la Inspectoría de Trabajo el proyecto de convención. Aspectos Constitucionales y legales de la CCT: Artículo 91 97 96 CRBV Artículos 431 a 435 de la LOTTT. Artículo 431: Derecho a la Negociación Colectiva Se promueven relaciones armoniosas entre trabajadores y empleadores para proteger el trabajo y mejorar la vida de los trabajadores.Todos los trabajadores tienen derecho a negociar colectivamente y crear convenciones que establezcan las condiciones laborales y derechos para ambas partes, buscando una distribución justa de la riqueza. Artículo 432: Efectos de la Convención Colectiva Las cláusulas de la convención colectiva son obligatorias y se integran en los contratos individuales de trabajo, incluso para aquellos que no están en el sindicato que firmó la convención. Todos los trabajadores de la empresa se benefician de la convención, incluso si se unen después de que se firmó. Si la empresa tiene sucursales en diferentes lugares, la convención se aplicará a todas, según la mayoría de los trabajadores representados. Excepto los representantes del patrono a quienes le corresponde autorizar y participar en su discusión, salvo que exista una disposición en contrario de las partes.
  • Ejemplo 1: Si después de que se creó la OS en la entidad de trabajo, entra a trabajar un nuevo empleado, será igual será parte de los beneficios acordados.
  • Ejemplo 2: Aunque algún trabajador no quisiera participar en la colaboración de la convención, igual será parte de los beneficios acordados de la CCT Artículo 433: Cláusulas Retroactivas Si la convención incluye cláusulas retroactivas, estas serán aplicables a todos los trabajadores activos en el momento de la homologación de la convención, a menos que se acuerde lo contrario. Artículo 434: Progresividad de los Beneficios La nueva convención no puede ofrecer condiciones menos favorables que las actuales. Puede modificarse alguna cláusula si se acuerda y se establece que los nuevos beneficios sean más favorables en general. Hay que especificar claramente los beneficios que serán sustituidos en la nueva convención. Artículo 435: Duración de la Convención

La convención colectiva debe durar un lapso no menor de 2 y ni mayor de 3 años, pero puede incluir cláusulas que permitan revisiones antes de ese tiempo. Al finalizar el período de la convención, sus condiciones seguirán vigentes hasta que se firme otra nueva. Las partes pueden acordar extender la duración de la convención, pero no más de la mitad del tiempo original. Ejemplo de beneficios de una CCT:

  1. El día del abogado que sea efectivamente laborado, se pagará el doble.
  2. Los trabajadores que pertenezcan a la entidad de trabajo, podrán tener un plan vacacional. Son beneficios adicionales que pueden tener los trabajadores. Finalidad de la CCT: La regulación de las condiciones de trabajo, en sentido amplio y demás aspectos laborales. NOTA: No es una sola OS la que va a formar parte de la CCT, ya que todas tienen derecho, incluso las patronales. Sujetos Intervinientes en la CCT: Todas las OS de los trabajadores y todas las OS de patronos, federaciones y confederaciones. ¿Cuál es el Ámbito de aplicación?: A todos los trabajadores aun cuando no pertenezcan a la OS, y estén dentro de la nación (a menos de que se trate de una confederación) ¿Cuál es el contenido de un contrato de trabajo?: Que tenga, consentimiento, objeto y causa licita. ¿Cuál es el contenido de la CCT? : Tiene que tener 4 cláusulas obligatorias. **1. Cláusulas Normativas
  3. Cláusulas Obligacionales
  4. Cláusulas de Envoltura
  5. Cláusulas Eventuales o Accesorias.**
  6. Cláusulas Normativas: Son el conjunto de normas que según la voluntad de los dignatarios de la convención de trabajo rigen las condiciones bajo las cuales se va a prestar el servicio y regulará las futuras contrataciones de trabajo. Beneficios en general: Están integrados por cláusulas económicas y sociales, es decir, las cláusulas normativas tienen dentro de las unas de carácter económico y social. Estas cláusulas imprimen el carácter colectivo de la convención. Ejemplo: Salarios, Vacaciones, utilidades, bonos.
  7. Cláusulas Obligacionales: Establecen obligaciones específicas en favor de la OS o del grupo. Establece que las partes podrán reclamar su cumplimiento y si este se disolviera no podrán otros pretender para sí mismo los derechos correspondientes. Estas cláusulas obligacionales le dan el carácter expresivo a las cláusulas normativas, ya que si se cumplen las cláusulas normativas, la manera de expresarlo es cumpliendo con las cláusulas obligacionales.
  8. Cláusulas de Envoltura: Van a envolver las cláusulas obligacionales y normativas. Y tienen como objeto proteger la vigencia y el cumplimiento del contrato que se está filmando.
  9. Cláusulas Eventuales: Son todas aquellas que ocupan el interés de las partes contratantes en algún momento en específico.

Cuando se celebre una

CCT, en el contrato

siempre deben de estar

presentes las 4

cláusulas.

NO es una CCT, es un grupo de trabajadores que están unidos, y solo es un pacto vigente, es decir, una vez que hayan hecho la primera petición no podrán hacer otra después. Procedimiento del Pacto Colectivo: Se suscribe con el patrono y/o los trabajadores, y solo puede haber un pacto vigente. Es de obligatorio cumplimiento y debe de estar firmado por las partes (los trabajadores no deben estar sindicalizados). Ejemplo: Reunión de Trabajadores, que tienen un interés común y suscriben un escrito lo firmaran las partes y todo con el objetivo de reivindicar un derecho. La diferencia principal entre la convención colectiva de trabajo y el pacto colectivo es la siguiente: Convención Colectiva de Trabajo: Se suscribe entre uno o varios empleadores y uno o varios sindicatos, aplicando a trabajadores sindicalizados. Pacto Colectivo: Se firma con trabajadores no sindicalizados, es decir, no involucra a sindicatos. 3 Ambos son acuerdos laborales, pero se diferencian principalmente por la afiliación sindical de los trabajadores involucrados. Trámite para celebrar una convención colectiva: tiene 5 pasos. 1 -. Presentación de Proyecto, la Organización Sindical que solicite celebrar una convención colectiva presentará ante la inspectoria del trabajo, el proyecto de convención colectiva redactado en 3 ejemplares y el acta de asamblea donde se acuerda dicha presentación. 2 -. Presentado el proyecto el inspector del trabajo transcribira el proyecto al patrono, y efecto de dar inicio a las negociaciones de forma inmediata se fijará el día, la hora y la fecha. Si el inspector considera que se deben formular observaciones por razones legales, lo notificará al sindicato a efecto de corregír o subsanar. ( se debe llamar al patrono y entregar copia del ejemplar) 3 -. Habido o no la presentación de la Organización sindical, los patrones juntos o separados pueden solicitar que la discusión del proyecto se efectue en presencia del Ministro con competencia en la materia. Del inspector del trabajo que ofrecerá la negociación y se interesará en lograr acuerdos en razones de justicia y equidad 4 -. Los alegatos, las partes convocadas para la negociación, solo podrán realizar alegatos o defensa sobre la improcedencia a las negociaciones en la primera reunión que se efectue de conformidad con la convocatoria, es decir, el único momento para oponer un alegato en contra de lo estipulado en la convención colectiva es en la primera reunión. El inspector de trabajo durante los 5 días hábiles siguientes decidirá sobre su improcedencia. Contra esta decisión podrá haber apelación en un solo efecto con el ministro con competencia en la materia, el cual abrirá un lapso de 10 días. En esos 10 días el ministro toma los alegatos los revisa y tiene 10 días para pronunciarse al respecto. Si el ministro no decidiera se aplicarán los 10 días hábiles. Al igual que la decisión del ministro puede la organización sindical llevarla a sala contencioso administrativa los 5 días siguientes. 5 -. Deposito y validez, la convención colectiva sera depositada a la inspectoria del trabajo de la jurisdicción correspondiente para tener plena validez. Esto se hace para que personas que entraron posterior a la celebración de la Organización sindical puedan saber los beneficios laborales que le corresponden.

Notificacion al patrono: El sindicato debera informarle al patrono por escrito u oral que se celebró satisfactoriamente la convención colectiva y los miembros que aceptaron se les informara de la inamovilidad de los trabajadores y sus derechos.