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CONTRATO LABORAL BASE REQUISITOS LABORALES
Tipo: Ejercicios
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1.- EL PATRÓN declara: a) Tener su domicilio en GANADEROS 127, COLONIA VALLE DEL SUR, ALCADIA IZTAPALAPA, C.P. 09819, CIUDAD DE MEXICO. b) Requerir del trabajador para que le preste servicios a la misma. d) Tener la capacidad económica para contratar trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. 2.- Declara EL TRABAJADOR: a). - Llamarse como ha quedado escrito. b). - Ser de nacionalidad ____________________- c).- Tener _______________ años de edad. d).- CURP _______________________ e).- RFC ________________________ f). - Ser su estado civil ______________________ g).- Ser de sexo ______________________ h).- Tener su domicilio en ________________________________ Vistas las declaraciones que anteceden, las partes otorgan las siguientes: C L A U S U L A S PRIMERA. – EL PATRÓN contrata los servicios personales y subordinados de LA TRABAJADOR por TIEMPO INDETERMINADO, dada la naturaleza de los servicios contratados. SEGUNDA.- EL TRABAJADOR prestará sus servicios en el lugar que EL PATRÓN le indique, y que es el ubicado en GANADEROS 127, COLONIA VALLE DEL SUR, ALCADIA IZTAPALAPA, C.P. 09819, CIUDAD DE MEXICO, así como en cualquier lugar donde se requieran sus servicios en congruencia con los servicios que ofrezca el patrón, los que pueden ser en cualquier Estado de la República Mexicana o en el extranjero. TERCERA.- EL TRABAJADOR desempeñará el puesto o categoría de _____________________ el que lo hará bajo la dirección de EL PATRÓN o de sus representantes a cuya autoridad estará subordinado en todo lo concerniente a sus labores y ejecutará éstas con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenido. EL TRABAJADOR. - Tendrá las obligaciones y responsabilidades que se señalan, en forma enunciativa más no limitativa, así como en las labores afines a su ocupación principal, que EL PATRÓN le ordene durante la relación de trabajo, directamente y fundamentalmente consistirán en las relacionadas a la actividad de LA EMPRESA. EL TRABAJADOR manifiesta que tiene los conocimientos, habilidades y experiencia para prestar a EL PATRÓN los servicios inherentes a la categoría para la cual se contrata. CUARTA. – EL TRABAJADOR estará sujeto a laborar 48 horas a la semana en una jornada discontinua que podrá ser distribuida en términos de lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo para permitir el reposo del día ____________ o cualquier otra modalidad equivalente. El horario bajo el cual EL TRABAJADOR prestará sus servicios será el siguiente: De las 9:00 am a las 18:00 horas de lunes a sábado, descansando los domingos de cada semana, con goce de sueldo. El trabajador disfrutará diariamente de una hora para descansar y/o tomar sus alimentos dentro o fuera de la fuente de trabajo a elección del trabajador sin estar a disposición del patrón de las 14:00 a las 15:00 horas. En caso de que el trabajador labore en día domingo la empresa le cubrirá la prima dominical en términos del artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo. El horario antes estipulado podrá ser modificado si así conviene a los intereses de LA EMPRESA o PATRÓN. EL PATRON podrá modificar en cualquier tiempo el horario establecido, de acuerdo con las condiciones de trabajo, condición con la que el empleado está de acuerdo.
QUINTA. – Cuando el TRABAJADOR, por cualquier circunstancia se vea obligado a faltar a sus labores, deberá a avisar a EL PATRON telefónicamente por conducto de su jefe inmediato a mas tardar a las 8:00 horas del día de la falta, el aviso NO justifica la falta pues en todo caso el trabajador al regresar a sus labores deberá justificar su ausencia con el justificante médico, independientemente de la causa de su ausencia. Cuando el TRABAJADOR solicite permiso con o sin goce de sueldo deberá recabara en todo caso constancia escrita del PATRON, en caso de NO cumplir con el requisito anterior se considerara como falta injustificada. Solo le serán consideradas a EL TRABAJADOR como causas justificadas de inasistencia al trabajo, las enfermedades, causas de fuerza mayor, casos fortuitos y las incapacidades contempladas y reconocidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). SEXTA.EL TRABAJADOR deberá presentarse puntualmente a sus labores en el horario de trabajo establecido. Manifestando el patrón que acostumbrara a llevar un registro de asistencia, por lo que el empleado deberá de registrar su asistencia mediante los medios que para tal efecto se señalen. En caso de retraso o falta de asistencia injustificada, podrá EL PATRON imponerle cualquier corrección disciplinaria de las que contempla el Reglamento interior de trabajo o la Ley. SEPTIMA. - EL TRABAJADOR se obliga a respetar los cambios de horarios de trabajo que la empresa le indique, y los cuales le serán comunicados oportunamente. OCTAVA- EL TRABAJADOR devengará un salario MENSUAL de $7,764.00 (SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO 75/100 M.N.). Que le será cubierto ___________ en el lugar de prestación de servicios obligándose a otorgar el recibo correspondiente. En el caso que EL TRABAJADOR, no labore la semana completa el séptimo día le será cubierto proporcionalmente en razón de los días efectivamente trabajados. De cualquier forma, queda aceptado por EL TRABAJADOR que dicho salario incluye los séptimos días y los de descanso obligatorio. NOVENA. - EL TRABAJADOR disfrutará de los días de descanso obligatorio, así como los días domingo de cada semana. DECIMA. - EL TRABAJADOR disfrutara de vacaciones, prima vacacional, y aguinaldo en los términos que dispone los artículos 76, 80 y 87, respectivamente de la Ley Federal del Trabajo En el supuesto en el que EL TRABAJADOR no labore el año completo, tendrá derecho a que se le otorgue la proporción de vacaciones que corresponda por el tiempo trabajado en el año. DECIMA PRIMERA. – EL TRABAJADOR queda obligada a desempeñar el trabajo que sea compatible con sus fuerzas, aptitudes, estado o condición. DECIMA SEGUNDA. - EL TRABAJADOR por razón del puesto o categoría a que se refiere la cláusula TERCERA que antecede tendrá las obligaciones que se le encomienden relacionadas con sus labores. Por razón de lo establecido en el párrafo que antecede EL TRABAJADOR deberá desempeñar todas las funciones y actividades propias de su puesto o categoría obligándose además a cualesquiera otros trabajos que tengan relación con labores materia de su contratación. DECIMA TERCERA. - EL TRABAJADOR se obliga en los términos de la fracción X Art. 134 de la Ley Federal del Trabajo a someterse a todos los reconocimientos médicos que el patrón le indique. Así mismo, EL TRABAJADOR se someterá al cumplimiento de instrucciones administrativas que de tiempo en tiempo determine la empresa DECIMA CUARTA. - EL TRABAJADOR se obliga en términos de lo dispuesto por los artículos 25 fracción VIII, 31, y 153-H de la Ley Federal del Trabajo a recibir del PATRÓN la capacitación o adiestramiento en los términos de los planes y programas establecidos, cumplir con los mismos, asistir puntualmente a los cursos y atender las indicaciones de las personas que imparten la capacitación y el adiestramiento. DECIMA QUINTA.- EL TRABAJADOR se obliga durante la vigencia de este Contrato, como después de su terminación o rescisión a no divulgar ni a utilizar cualquier aspecto o información relacionada con los negocios, actividades y operaciones del PATRÓN que fueran de su conocimiento con motivo de la relación de trabajo, ni proporcionará a terceros, directa o indirectamente, información verbal o por escrito sobre los métodos, sistemas y actividades de cualquier clase que se relacionen con EL PATRÓN durante el desarrollo de sus actividades. Tampoco divulgará el contenido de los documentos, estudios, programas, propuestas, etc., en general de cualquier documento que se le hubiere proporcionado o facilitado durante el desempeño de sus servicios, igualmente queda obligado a no servirse para su provecho personal o de terceros de las patentes, marcas y derechos de autor propiedad de DEL PATRÓN. DECIMA SEXTA.- EL TRABAJADOR reconoce que son propiedad exclusiva de la empresa o en su caso de los clientes en todo tiempo, los artículos, estudios, maquinaria, herramientas, equipo de trabajo, equipo de transporte y demás implementos que le sean proporcionados para el