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CONTRATO DE SECUESTRO, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Mercantil

CONTRATO DE SECUESTRO YA REALIZADO

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2019/2020

Subido el 13/09/2023

cristian-nepomuceno
cristian-nepomuceno 🇲🇽

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MODELO DE CONTRATO DE SECUESTRO
Contrato de Secuestro que celebran en calidad de
depositantes los
Señores ambos mexicanos,
mayores de edad, hábiles para ejercer todos sus derechos,
nombrados para este instrumento jurídico como el
“DEPOSITANTE”, y por otro lado el Sr.
quien para efectos del presente instrumento
legal será nombrado en adelante como el “DEPOSITARIO”, quienes
acuerdan celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.- Los señores en calidad
de DEPOSITANTE, entregan el
siguiente bien en descripción:
El cual es recibido por el DEPOSITARIO en secuestro, quien se
obliga a su guarda hasta que las autoridades jurisdiccionales de la
ciudad de
decidan sobre la situación jurídica de la misma,
así como el DEPOSITARIO sólo deberá entregar éste después de la
sentencia o resolución que haya causado ejecutoría y no sea
recurrible en ningún término o instancia judicial.
Segunda. Este contrato de SECUESTRO convencional, obliga al
depositario a cuidar del bien descrito en la cláusula anterior como si
fuera un padre, por lo que si éste se enriqueciera por medio del bien
objeto del contrato deberá resarcir de los perjuicios al próximo futuro
derechohabiente, sólo que éste no recibiere por alguna causa su
remuneración descrita en la cláusula siguiente.
Tercera. Por concepto de remuneración deberá entregarse al
DEPOSITARIO la cantidad de $
( ) cada
depositantes.
días, pagando por mitad los
Cuarta. El DEPOSITARIO tendrá el pago descrito en la cláusula
anterior por concepto de .
Quinta. Declaran ambas partes que en el presente contrato no
existió dolo, reticencia, mala fe, engaño, error de ninguna naturaleza,
por lo que ratifican su voluntad de celebrarse, firmándose con cuatro
tantos originales.
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MODELO DE CONTRATO DE SECUESTRO

Contrato de Secuestro que celebran en calidad de depositantes los Señores ambos mexicanos, mayores de edad, hábiles para ejercer todos sus derechos, nombrados para este instrumento jurídico como el “DEPOSITANTE”, y por otro lado el Sr. quien para efectos del presente instrumento legal será nombrado en adelante como el “DEPOSITARIO”, quienes acuerdan celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS Primera.- Los señores en calidad de DEPOSITANTE, entregan el siguiente bien en descripción: El cual es recibido por el DEPOSITARIO en secuestro, quien se obliga a su guarda hasta que las autoridades jurisdiccionales de la ciudad de decidan sobre la situación jurídica de la misma, así como el DEPOSITARIO sólo deberá entregar éste después de la sentencia o resolución que haya causado ejecutoría y no sea recurrible en ningún término o instancia judicial. Segunda. Este contrato de SECUESTRO convencional, obliga al depositario a cuidar del bien descrito en la cláusula anterior como si fuera un padre, por lo que si éste se enriqueciera por medio del bien objeto del contrato deberá resarcir de los perjuicios al próximo futuro derechohabiente, sólo que éste no recibiere por alguna causa su remuneración descrita en la cláusula siguiente. Tercera. Por concepto de remuneración deberá entregarse al DEPOSITARIO la cantidad de $ ( ) cada depositantes. días, pagando por mitad los Cuarta. El DEPOSITARIO tendrá el pago descrito en la cláusula anterior por concepto de. Quinta. Declaran ambas partes que en el presente contrato no existió dolo, reticencia, mala fe, engaño, error de ninguna naturaleza, por lo que ratifican su voluntad de celebrarse, firmándose con cuatro tantos originales.

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