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Realizar un contrato de compraventa a plazo con reserva de dominio
Tipo: Ejercicios
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En la Ciudad de México en fecha 18 de Abril 2020 comparecieron por una parte el C. ELIZABETH RODRIGUEZ SERRALDE con CURP:ROSE690509MDFDRL03 con domicilio Francisco villa S/N en Nezahualcóyotl CP.45678 , que para lo sucesivo se le designará como el “VENDEDOR”, y por otra parte comparece el C. ISAMEL BUENDIA MORENO con CURP. BUMI700411HDFNRS01 con domicilio Lago de Guadalupe #45 en Atizapan de Zaragoza CP: 45600 que para efectos de este contrato se le denominará como el “COMPRADOR”, dicen que es su voluntad celebrar el presente instrumento legal, siendo ambos mexicanos por nacimiento, mayores de edad, en pleno ejercicio y uso de sus derechos, manifiestan que en este acto celebran un CONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO, y que el mismo se regirá en los términos de los artículos Art-7.552 Legitimación para Vender, del Código Civil del Estado de México, donde se establece que ( Ninguno puede vender sino lo que es de su propiedad; en caso contrario se estará a lo dispuesto en este capítulo, independientemente de la responsabilidad penal) sin existir dolo, ni mal fe, así como el ser su voluntad el someterse a las siguientes:
PRIMERA. EL VENDEDOR reservándose la propiedad mientras no se le pague íntegramente el precio, vende al COMPRADOR Ismael Buendía Moreno , en las siguientes medidas una casa habitación de 300 mts cuadrados, con una construcción de 185 mts cuadrados ubicado el inmueble en la calle General José Montesinos No 34 en la col. Daniel Garza CP. 11830 Alcaldía Miguel Hidalgo en la Ciudad de México. Colindando con 85 metros al Norte,60 metros al sur, este 35 metros y al oeste 35 metros SEGUNDA. El precio de la compraventa es la cantidad de $800,000.00 (ochocientos mil pesos 00/100 M/N), que l COPMPRADOR se obliga a pagar al VENDEDOR de la siguiente manera: 1ª Pago: $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M/N) 2ª Pago: $200,000.00 (doscientos mil pesos 00/100 M/N) 3ª Pago: $200,000.00 (doscientos mil 00/100 M/N) Pagando un interés de 5.00 % en caso de mora, sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieran tener lugar, se cobrarán en forma mensual. Estos abonos se ampararán con tres pagarés, que deberá aceptar el COMPRADOR a la orden y a nombre del VENDEDOR, para pagarse en esta ciudad o donde sea necesario requerirle el pago, en su fecha de vencimiento de cada uno de ellos, pero los contratantes convienen en que aunque tales documentos los recibe de conformidad el VENDEDOR en el momento de firmarse este documento no se entenderá por ello, que se hace pago, puesto que los documentos se reciben salvo buen cobro,, y en consecuencia el abono se entenderá pagado solamente cuando el pagaré que lo ampara sea materialmente cubierto y entregado al COMPRADOR. TERCERA. El precio pactado es el justo y el real valor del inmueble vendido, en este contrato no existe error, ni lesión, ni enriquecimiento ilegitimo, y los contratantes de todos modos y en beneficio mutuo renuncian a los derechos que tengan por lo tutelado conforme a los artículos demás relativos del Código Civil.
OCTAVA. Loso gastos y honorarios que de este contrato y su celebración se desprendan, así como la escrituración serán pagadas por SR. ISAMELBUENDIA MORENO. NOVENA. Los contratantes se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de México, por lo que renuncian expresamente a domicilios que pudieran corresponderles en un futuro, reconociéndolos como los únicos competentes por toda clase de controversias que puedan suscitarse con motivo de la INTERPRETACIÓN judicial del presente instrumento legal. Las partes manifiestan haber leído el presente instrumento legal y estar de acuerdo con su contenido, ya que al tener plena capacidad jurídica para su celebración lo firman en tanto además del original. **Alcaldía Miguel Hidalgo a 18 de abril 2020
COMPRADOR
VENDEDOR _____________________________**