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Simulación de Litigación Oral: Caso Melissa, Monografías, Ensayos de Derecho

Un caso ficticio de litigación oral, denominado "caso melissa", diseñado para el ix concurso nacional interuniversitario de litigación oral. El caso involucra a josé chávez vélez, acusado de homicidio, y presenta una serie de documentos legales y testimonios que simulan un proceso judicial real. Útil para estudiantes de derecho que se preparan para competencias de litigación oral, ya que les permite familiarizarse con la dinámica de un juicio oral y la presentación de pruebas.

Tipo: Monografías, Ensayos

2024/2025

Subido el 28/03/2025

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kelly-fiorella-galindo-sanchez 🇵🇪

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IX CONCURSO NACIONAL
INTERUNIVERSITARIO DE
LITIGACIÓN ORAL
CASO DE ESTUDIO
PROYECTO DE APOYO AL SECTOR JUSTICIA II
Este Caso ha sido elaborado para el IX Concurso Nacional Interuniversitario
de Litigación Oral por el Proyecto de Apoyo al Sector Justicia II, implementado
por ABA ROLI Perú, con el auspicio de la Sección de Asuntos Antinarcóticos y
Aplicación de la Ley INL de la Embajada de los Estados Unidos en Perú.
Todos los derechos reservados, está prohibida su reproducción sin la
autorización escrita de ABA ROLI Perú Agosto 2024.
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¡Descarga Simulación de Litigación Oral: Caso Melissa y más Monografías, Ensayos en PDF de Derecho solo en Docsity!

IX CONCURSO NACIONAL

INTERUNIVERSITARIO DE

LITIGACIÓN ORAL

CASO DE ESTUDIO

PROYECTO DE APOYO AL SECTOR JUSTICIA II

Este Caso ha sido elaborado para el IX Concurso Nacional Interuniversitario

de Litigación Oral por el Proyecto de Apoyo al Sector Justicia II, implementado

por ABA ROLI Perú, con el auspicio de la Sección de Asuntos Antinarcóticos y

Aplicación de la Ley – INL de la Embajada de los Estados Unidos en Perú.

Todos los derechos reservados, está prohibida su reproducción sin la

autorización escrita de ABA ROLI Perú – Agosto 2024.

DE LITIGACIÓN ORAL

  • CASO MELISSA INDICE
  • ACTA DE INTERVENCION POLICIAL
  • CROQUIS DEL DEPARTAMENTO
  • POSICION EN LA QUE FUE ENCONTRADA LA VÍCTIMA
  • FOTOGRAFÍAS DE LA ESCENA.............................................................................................................
  • ACTA DE REGISTRO PERSONAL..........................................................................................................
  • ACTA DE LECTURA DE DERECHOS DEL INVESTIGADO
  • ACTA DE HALLAZGO Y RECOJO
  • DECLARACIÓN DE JOSÉ DAMIÁN CHÁVEZ VÉLEZ
  • DECLARACIÓN DE MARIELENA LINARES MEDINA
  • DECLARACIÓN DE RAÚL QUISPE DANTES
  • DECLARACIÓN AMPLIATORIA DE JOSÉ DAMIÁN CHÁVEZ VÉLEZ
  • DECLARACION DE PAULINA DÁVILA MUENTE
  • DECLARACION DE ROMELIA BILLÓN SEPÚLVEDA
  • DECLARACION DE EMILIANO CASAS SÁNCHEZ
  • ORDEN DE LIBERTAD EXPEDIDA POR EL FISCAL
  • ACTA DE LEVANTAMIENTO DE CADÁVER
  • PROTOCOLO DE NECROPSIA MÉDICO LEGAL N° 0784578-
  • INFORME DE ENTREVISTA PSICOLÓGICA N° 0984576-
  • ACTA DE DESLACRADO DE TELEFONO CELULAR
  • SOLICITUD DE BÚSQUEDA DE HUELLAS Y HOMOLOGACIÓN
  • DICTAMEN PERICIAL DE HOMOLOGACIÓN

DE LITIGACIÓN ORAL

ACTA DE INTERVENCION POLICIAL No. – 09 - CPNP

Siendo las 06:35 horas, del día 26DIC23, presentes en el domicilio ubicado en la Calle Rey Midas N° 728, Distrito de San Miguel, Provincia de Lima, Departamento de Lima, el instructor que suscribe: LLAQUE SÁNCHEZ, Javier, de la Unidad Policial OP-4589, en razón de una llamada de emergencia al 105 informándonos sobre gritos y posibles actos de violencia al interior de una vivienda ubicada en el Departamento 303, por lo que nos constituimos al lugar mencionado con la finalidad de constatar los hechos denunciados. El suscrito constituido en el lugar se entrevistó con Emiliano Casas Sánchez, con domicilio actual en Calle Cajamarca Mz. I lote 8, Urb. La Merced, Ventanilla, con documento de identidad N° 98979695, con edad actual 57 años, de ocupación vigilante del edificio, quien refiere que se encontraba haciendo sus labores cuando a las 05:50 horas aproximadamente escuchó gritos y golpes que daban cuenta de objetos pesados cayendo provenientes del departamento 303, siendo que al aproximarnos encontramos a varios vecinos que también estaban despiertos por motivo de los ruidos escuchados, así se entrevistó a la Josefina Pardo Koechlin propietaria del departamento 203, con documento de identidad N° 91929394, con edad actual 38 años, de ocupación economista, la cual refiere que se encontraba descansando cuando aproximadamente a la misma hora declaró también escuchar los gritos y el golpe fuerte similar a un objeto pesado cayendo, provenientes del departamento que se encuentra encima del suyo, producto de ello hicieron la llamada policial. Por lo que a las 06:39 horas se ingresó al departamento 303 con autorización de la propietaria señora Marielena Linares Medina, donde en la sala se encontró al señor José Damián CHÁVEZ VÉLEZ, con D.N.I. 86956253, con 50 años, nacido el 19OCT73, casado, con domicilio real en esta misma dirección, donde se constató su presencia al lado del presunto cadáver de Melissa MENDOZA JARA, por lo que se procedió a intervenir y detener bajo supuesto de flagrancia. Y procediendo a acordonar el área, para las demás diligencias de ley. Siendo las 7:30 horas del mismo día se por culminada la presente diligencia, firmando a continuación el Inspector de la Policía. Se anexa a la presente acta copia del croquis de la vivienda, departamento 303, una figura de cómo se encontró el cadáver de quien en vida fue Melissa MENDOZA JARA y fotografías de la escena del crimen.

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CROQUIS DEL DEPARTAMENTO 303 Y UBICACIÓN DE LA VÍCTIMA AL

MOMENTO DE SER ENCONTRADA POR EL EFECTIVO POLICIAL QUE

SUSCRIBE

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FOTOGRAFÍAS DE LA ESCENA

FOTO 1: SILLÓN PRINCIPAL DE LA SALA

FOTO 2: ESCRITORIO FRENTE AL SILLÓN DE LA SALA

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FOTO 3: COCINA

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ACTA DE LECTURA DE DERECHOS DEL INVESTIGADO

EN SEDE POLICIAL

En el Distrito de San Miguel, Lima, siendo las 08:10 horas, del día 26DIC23, presentes en el domicilio ubicado en la Calle Rey Midas N° 728, departamento 303, Distrito de San Miguel, Provincia de Lima, Departamento de Lima, el instructor que suscribe: LLAQUE SÁNCHEZ, Javier, de la Unidad Policial OP-4589, procede a la INTERVENCION del señor (a) José Damián CHÁVEZ VÉLEZ, con D.N.I. 86956253, con 50 años, nacido el 19OCT73, casado, con domicilio real en esta misma dirección, con el siguiente resultado: Se le (s) informó expresamente que el motivo de la intervención es: por estar incurso en la investigación como presunto AUTOR del delito contra la vida el cuerpo y la salud - Homicidio, en agravio de Melissa MENDOZA JARA (28) A continuación, se le puso en conocimiento los derechos que le asisten y que se encuentran contenidos en el artículo 71° del Código Procesal Penal, CODIGO PROCESAL PENAL: Artículo 71°: Derechos del imputado:

  1. El imputado puede hacer valer por sí mismo, o a través de su Abogado Defensor, los derechos que la Constitución y las Leyes le conceden, desde el inicio de las primeras diligencias de investigación hasta la culminación del proceso.
  2. Los Jueces, los Fiscales o la Policía Nacional deben hacer saber al imputado de manera inmediata y comprensible, que tiene derecho a: a) Conocer los cargos formulados en su contra y, en caso de detención, a que se le exprese la causa o motivo de dicha medida, entregándole la orden de detención girada en su contra, cuando corresponda; b) Designar a la persona o institución a la que debe comunicarse su detención y que dicha comunicación se haga en forma inmediata; c) Ser asistido desde los actos iniciales de investigación por un Abogado Defensor; d) Abstenerse de declarar; y, si acepta hacerlo, a que su Abogado Defensor esté presente en su declaración y en todas las diligencias en que se requiere su presencia; e) Que no se emplee en su contra medios coactivos, intimidatorios o contrarios a su dignidad, ni a ser sometido a técnicas o métodos que induzcan o alteren su libre voluntad o a sufrir una restricción no autorizada ni permitida por Ley; y f) Ser examinado por un médico legista o en su defecto por otro profesional de la salud, cuando su estado de salud así lo requiera. Luego se procede a formular las siguientes Actas:
  3. Acta de Lectura de Derechos: --------------------- ( X )

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  1. Acta de Registro Personal: ------------------------- ( X )
  2. Acta de Registro Vehicular: ------------------------ ( ____ )
  3. Acta de Hallazgo y Recojo: ------------------------ ( X )
  4. Acta de Incautación: ------------------------------ ( ____ )
  5. Acta de Entrevista: -------------------------------- ( X )
  6. Formulario de Cadena de Custodia: --------------- ( X ) Finalmente, la persona (s) intervenida (as) es (son) puesta (s) a disposición de la CPNP San Miguel, con las Actas antes señaladas, para las investigaciones que correspondan. --- Siendo las 08:25 horas del mismo día se dio por concluido la presente, firmando todos los participantes en señal de conformidad. EL INSTRUCTOR EL INTERVENIDO JOSÉ DAMIÁN CHÁVEZ VÉLEZ D.N.I. 86956253

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DECLARACION DEL INVESTIGADO

JOSÉ DAMIÁN CHÁVEZ VÉLEZ (50)

Siendo las 15:00 horas del día 26DIC23, presente en una de las oficinas de la CPNP del distrito de San Miguel, Lima, ante el SOT3 PNP LLAQUE SANCHEZ, Javier Ernesto, se presentó la persona de José Damián CHÁVEZ VÉLEZ, con domicilio real en Calle Rey Midas N° 728, DPTO. 303, Distrito de San Miguel, Provincia de Lima, Departamento de Lima, a quien por delegación fiscal, del Dr. Celestino Vásquez Vera, Fiscal Provincial de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima, presente de manera virtual en la diligencia, conforme al artículo 61° inciso 2 del Código Procesal Penal, se le procede a tomar su declaración en la investigación que se le sigue como presunto AUTOR del delito de Homicidio, en agravio de Miguel MENDOZA JARA (28) o Melissa Mendoza Jara, señalándose que el investigado se presenta en compañía de su Abogado Defensor Sergio Ibarra Echenique, por lo que previamente y sin perjuicio del Acta de Lectura de Derechos correspondiente, se le pone en su conocimiento de los derechos que le asisten, contenidos en el artículo 71º del Código Procesal Penal, que son: “CODIGO PROCESAL PENAL: Artículo 71°: Derechos del imputado:

  1. El imputado puede hacer valer por sí mismo, o a través de su Abogado Defensor, los derechos que la Constitución y las Leyes le conceden, desde el inicio de las primeras diligencias de investigación hasta la culminación del proceso.
  2. Los Jueces, los Fiscales o la Policía Nacional deben hacer saber al imputado de manera inmediata y comprensible, que tiene derecho a: a) Conocer los cargos formulados en su contra y, en caso de detención, a que se le exprese la causa o motivo de dicha medida, entregándole la orden de detención girada en su contra, cuando corresponda; b) Designar a la persona o institución a la que debe comunicarse su detención y que dicha comunicación se haga en forma inmediata; c) Ser asistido desde los actos iniciales de investigación por un Abogado Defensor; d) Abstenerse de declarar; y, si acepta hacerlo, a que su Abogado Defensor esté presente en su declaración y en todas las diligencias en que se requiere su presencia; e) Que no se emplee en su contra medios coactivos, intimidatorios o contrarios a su dignidad, ni a ser sometido a técnicas o métodos que induzcan o alteren su libre voluntad o a sufrir una restricción no autorizada ni permitida por Ley; y f) Ser examinado por un médico legista o en su defecto por otro profesional de la salud, cuando su estado de salud así lo requiera. (…)” Se le pone en conocimiento los beneficios legales que puede obtener si coopera al pronto esclarecimiento de los hechos delictuosos como son la confesión sincera (siempre

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en cuando no se encuentre en flagrancia) y su comportamiento durante la presente investigación. Luego se le informa que se encuentra investigado como presunto AUTOR del delito de Homicidio, en agravio de Miguel Mendoza Jara o Melissa Mendoza Jara, lo que se le PONE EN SU CONOCIMIENTO para los fines de su presente declaración, señalando que --- SE CONSIDERA INOCENTE DEL REFERIDO DELITO y por lo que se le reitera que tiene derecho a DECLARAR LIBREMENTE en forma espontánea, pudiendo asimismo decidir GUARDAR SILENCIO y que esta decisión no podrá ser utilizada en su perjuicio, poniéndose en este acto a disposición de la defensa y el declarante los actuados que corresponden al presente caso, para su revisión, luego de lo cual se reinicia la presente y pregunta al investigado si va declarar sobre los hechos materia de imputación, respondiendo que: SÍ VA A DECLARAR respecto de todos los hechos que le sean preguntados, procediendo entonces a la realización de la presente diligencia, de la cual se deja constancia de la siguiente manera:

  1. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿PROPORCIONE SUS DATOS DE IDENTIFICACION E INDIVIDUALIZACION? --- DIJO: Mi nombre es José Damián CHÁVEZ VÉLEZ, con D.N.I. 86956253, con 50 años, nacido el 19OCT73 en Lima, Lima, Lima, hijo de Pedro (vivo) y María (fallecida), secundaria completa, de 1.83 Mts. de estatura, con 79 Kgs. de peso, de contextura atlética, con cabellos rizados de color negro, tes blanca, cicatriz en forma de línea recta a la altura de la sien, quien señala es como consecuencia de arañón, tiene tatuajes en el dorso y brazos a la altura del antebrazo, en forma tribal, de estado civil casado con Marielena LINARES MEDINA (52), sin hijos; ocupación eventual de entrenador

( personal trainer), sin percibir ingresos mensuales fijos y sin bienes de su propiedad. ---

02. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿QUÉ VÍNCULO LE UNÍA CON LA PERSONA DE

MIGUEL O MELISSA MENDOZA JARA? --- DIJO: Que, Melissa era una amiga de mi esposa, iba frecuentemente a mi casa yo las encontraba ahí conversando, pero solo nos saludábamos nunca había tenido mayor contacto con ella hasta ayer que tuvimos la reunión en mi casa y pasó el accidente por el que hoy estoy declarando. Debo indicar que cuando hablo de Melissa me estoy refiriendo a quien en vida fue Miguel Mendoza Jara, pero que recién me estoy enterando que se llamaba Miguel y que se trata de una mujer transexual, cosa que antes yo desconocía. -------------------------------------------

  1. PREGUNTADO PARA QUE NARRE: ¿LA FORMA Y CIRCUNSTANCIAS CÓMO SE PRODUCE EL DECESO DE LA PERSONA DE MIGUEL MENDOZA JARA A QUIEN USTED IDENTIFICA COMO MELISSA Y CUÁL FUE SU PARTICIPACIÓN EN LOS HECHOS? --- DIJO: Todo sigue siendo muy confuso en mi mente, apenas han pasado unas horas desde el deceso de Melissa y no recuerdo con exactitud todos los detalles. Todo ocurrió en el contexto de las celebraciones de Navidad, la noche del 24DIC2023 mi esposa Marielena Linares Medina y yo nos fuimos a pasar las fiestas en la casa de sus padres en San Martín

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reunido en mi casa, a mi esposa y a mi nos gusta celebrar junto con nuestros amigos, pero siempre tomamos cerveza y sí nos mareamos, pero con responsabilidad, nunca hemos tenido problemas y hasta acompaño a mis amigos a sus casas para dejarlos, o los embarco en un taxi. --------------------------------------------------------------------------

  1. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿COMO LLEGÓ A LA CONCLUSION DE QUE SE TRATABA DE UN LADRÓN Y NO DE CUALQUIER OTRA PERSONA? DIJO: Yo todavía estaba mareado al momento de despertar y no lo pensé mucho, además mi esposa me despertó y me dijo que se trataba de un ladrón. -------------------------------------------
  2. PREGUNTADO PARA QUE DIGA DESCRIBA USTED SU UBICACIÓN EXACTA Y LA DE MELISSA AL MOMENTO DE LOS HECHOS?--- DIJO: Que, mi departamento es pequeño y tiene un piso, tiene una sala-comedor, dos habitaciones, dos baños y una cocina; la sala- comedor ocupa el centro de la vivienda y tiene forma rectangular, a un lado está la cocina y la puerta a la calle al otro lado están las habitaciones y el baño de visitas; cuando salgo de mi habitación veo que la persona que yo confundí con el ladrón estaba en la cocina, pero al escucharme gritar la persona sale de la cocina hacia la sala y es ahí donde yo le lanzó la botella, porque también pensé que estaba viniendo a atacarme, al lanzarle la botella se escuchó un golpe seco y un grito ahogado y la persona cae desvanecida, sin ninguna reacción, quedando tendida casi al centro de la sala.-----------------------------
  3. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: SI CONFORME A SU RESPUESTA ANTERIOR USTED FUE QUIEN LANZÓ LA BOTELLA QUE CAUSÓ EL FALLECIMIENTO DE MELISSA. ---DIJO: Que siguiendo la recomendación de mi abogado me acojo a mi derecho a guardar silencio respecto de esa pregunta. ----------------------------------------------------------
  4. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿SI USTED TENÍA ALGUN GRADO DE ENEMISTAD CON MELISSA? --- DIJO: Ninguno, era una gran profesional y persona amable y que nunca se metía con nadie. ------------------------------------------------------------------- EN ESTE ESTADO SE LE CONSULTA AL SEÑOR FISCAL PRESENTE DE MANERA VIRTUAL SI FORMULARÁ ALGUNA PREGUNTA, QUIEN SEÑALA QUE NO VA A FORMULAR MÁS PREGUNTAS POR EL MOMENTO. EN ESTE ACTO SE LE CONSULTA AL ABOGADO DEFENSOR SI VA A FORMULAR ALGUNA PREGUNTA, RESPONDIENDO QUE SÍ VA A HACER PREGUNTAS. PREGUNTAS DEL ABOGADO DEFENSOR:
  5. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿CUÁL FUE SU INTENCION AL LANZAR LA BOTELLA? --- DIJO: Que quería repeler el ataque que estaba ocurriendo en ese momento por parte

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del sujeto desconocido el cual significaba un riesgo en ese momento para mi vida y la de mi pareja; en tal sentido no me considero responsable de la muerte de Melissa. -----

  1. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿Cuenta con antecedentes policiales, penales y judiciales? --- DIJO: No----------------------------------------------------------------------- EN ESTE ESTADO RETOMA LA DILIGENCIA EL INSTRUCTOR
  2. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: SI TIENE ALGO MAS QUE AGREGAR. --- DIJO: Que lamento mucho lo sucedido, todavía me siento en shock. --------------------------------- Con lo que concluyó la presente, siendo las 16:30 horas del día de la fecha, firmando a continuación los intervinientes. JOSÉ DAMIÁN CHÁVEZ VÉLEZ D.N.I. 86956253

EL INSTRUCTOR ABOGADO

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despertaron unos ruidos que venían de la cocina de mi departamento, pensando que se trataba de un ladrón y al salir de la habitación encontré a mi esposo José Chávez Vélez y a Melissa Mendoza en la cocina, abrazándose, besándose y casi sin ropa, en ese momento levanté la voz reclamándole a José por su infidelidad, pero él lejos de avergonzarse por descubrirlo en esa situación, se puso muy alterado, me levantó la voz y me decía que todo esto es mi culpa y que hace tiempo quería terminar la relación conmigo porque ya son años de casados y no hemos consolidado una familia, que yo no lo hago feliz, entre otras cosas, yo la verdad me alteré mucho, comencé a reclamarle a Melissa por la traición pues la consideraba mi amiga, entonces, intenté jalonearla, pero en ese momento José me agarró de las manos y a jalones me sacó de la cocina diciéndome que no me meta con su mujer, y que me regrese a mi cuarto, fue entonces que yo al escuchar todas estas cosas me puse peor, y reconozco que me alteré más y empecé a gritarle insultos más fuertes a Melissa, y es ahí donde ella me encara y me toma de los cabellos y en eso siento que José intenta golpearme en la cabeza, por lo que instintivamente me agacho y siento que el golpe le cae a Melissa ------------------------

  1. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿DETALLE A QUIEN SE REFIERE COMO LA PERSONA DE NOMBRE JOSÉ QUE USTED REFIERE HABER PRODUCIDO EL GOLPE EN LA CABEZA DE MELISSA MENDOZA JARA?: --- DIJO: Me refiero a la persona de mi esposo José Damián Chávez Vélez, quien es la persona que intentaba golpearme a mí, en la cabeza, con un objeto contundente, pero el golpe le termina cayendo a Melissa. -------------------------
  2. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿USTED MOTIVÓ A JOSÉ DAMIÁN CHÁVEZ VELEZ PARA QUE ÉSTE LA INTENTE GOLPEAR? --- DIJO: En ningún momento, yo solo le reclamé a Melissa y a él por su infidelidad, pero en ningún momento hubo una agresión física de mi parte, más bien a mí Melissa me tomó del cabello, y es en ese momento que reacciono cuando veo que mi esposo trata de aprovechar esa situación para darme un golpe en la cabeza. ---------------------------------------------------------------------------------------
  3. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿PUDO PERCATARSE CON QUE LA INTENTÓ GOLPEAR LA PERSONA DE JOSÉ DAMIÁN CHÁVEZ VELEZ? --- DIJO: Estaba todo muy oscuro, pero se trataba de una botella de cerveza o de licor, ya que luego de impactar en la cabeza de Melissa reventó y los vidrios quedaron esparcidos por toda la sala. -----
  4. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: SI USTED NOTÓ QUE LAS PERSONAS DE MIGUEL MENDOZA JARA Y JOSÉ DAMIÁN CHÁVEZ VELEZ ESTABAN EN ESTADO ETÍLICO: --- DIJO: Cuando yo los dejé para irme a descansar a eso de la media noche ya estaban bastante mareados, y no sé si después de eso habrán dormido para que se les pase la borrachera, pero cuando los encontré en la cocina no estaban tan ebrios. ---------------
  5. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿ALGUNA VEZ USTED HA SIDO AGREDIDA FÍSICAMENTE POR SU ESPOSO JOSÉ CHÁVEZ VÉLEZ? --- DIJO: Sí, un par de veces he

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sufrido de agresiones físicas, aunque nunca fueron de una intensidad muy notoria, un par de veces me dio cachetadas y el resto fueron jalones en los brazos o empujones, pero nada que resulte muy notorio, por eso es que siempre lo pasé por alto y cada vez que ocurría él pedía disculpas. - --------------------------------------------------------------

  1. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿ALGUNA VEZ EL SEÑOR CHÁVEZ VÉLEZ EJERCIÓ ALGÚN TIPO DE VIOLENCIA EN CONTRA DE MELISSA O MIGUEL MENDOZA JARA? --- DIJO: No lo sé, pero por lo que vi, la relación entre ellos era de pleno enamoramiento. -
  2. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿DURANTE EL TIEMPO QUE DURÓ LA REUNIÓN DEL 25DIC23 QUE USTED NOS HA RELATADO, NOTÓ USTED ALGÚN TIPO DE DISCUSIÓN ENTRE MELISSA MENDOZA JARA Y OTRO DE LOS PRESENTES? --- DIJO: No, ninguna. --
  3. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿Cuenta con antecedentes policiales, penales y judiciales? --- DIJO: No-----------------------------------------------------------------------
  4. PREGUNTADO PARA QUE DIGA: ¿Si tiene algo más que agregar o modificar a la presente declaración? --- DIJO: Que me considero una víctima de lo sucedido y no quiero que mi esposo vuelva al hogar conyugal ya que tengo temor de que vuelva a atacarme. Sin nada más que agregar, quitar o modificar a mi presente declaración, la firmo e imprimo mi índice derecho en señal de conformidad. --------------------------------------

EL INSTRUCTOR **MARIELENA LINARES MEDINA**