



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Casacion que fue en la ciudad de Huaura
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
1 / 5
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
Casación 5060 – 2011 HUAURA
DEMANDA
Se trata del proceso de divorcio iniciado por Efraín Jaime Minaya Leyva, en el Juzgado de Familia de Huaura, en contra de su cónyuge Fabiana Bibiana Portella Sifuentes, sobre divorcio por separación de hecho y conducta deshonrosa que haga insoportable la vida en común, a fin de que se declare disuelto el vínculo matrimonial que contrajo con su cónyuge el veintidós de octubre de mil novecientos ochenta y ocho ante la Municipalidad Distrital de Huaura
FUNDAMENTOS FÁCTICOS
El demandante fundamenta su demanda alegando que: se encuentra separado de la demandada desde el año mil novecientos noventa y 119 nueve, en que tomó conocimiento de los actos adulterinos de aquélla, producto de los cuales procreó al menor de iniciales F.F.V.P., nacido el día catorce de julio del año dos mil. Señala también que con la demandante han levantado una casa de material noble ubicada en la manzana S, lote Doce, calle Bellavista, en el asentamiento humano “El Carmen”
como respuesta agresiones físicas y psicológicas de su parte, llegando inclusive el actor a mantener una relación sentimental con la hermana de la propia demandada, lo que generó serios conflictos familiares. A consecuencia de ello, tuvo que irse a vivir a una invasión conocida como el asentamiento humano “El Carmen”, en donde actualmente domicilia con sus hijos, lugar donde con esfuerzo ha levantado una casa de material noble que es propia y no del actor, ya que éste los abandonó en el año mil novecientos noventa y dos. Añade que desde la separación se ha visto obligada a mantener a sus tres hijos gracias a los trabajos realizados en la chacra, pero en el año mil novecientos noventa y nueve -es decir, varios años después de la separación- sufrió un atentado contra su libertad sexual, producto del cual quedó embarazada de su menor hijo de iniciales F.F.V.P., no habiendo mantenido en ningún momento relación amorosa ni convivencia con el padre del menor, quien solo se limitó a reconocerlo, aceptando su responsabilidad. Agrega que debido a su estado de salud y de necesidad económica se vio obligada a entablar demanda de alimentos en contra del demandante, encontrándose el actor adeudando el pago de pensiones devengadas, a ello se aúna la negativa del demandante de ayudarla con la rehabilitación de su hijo Mercedes Jaime Minaya Portella, quien es adicto a sustancias 120 psicoactivas y se encontraba recibiendo tratamiento terapéutico profesional en el Centro de Rehabilitación “Rompiendo Cadenas”, lo cual tuvo que dejar por falta de recursos económicos.
SENTENCIA EN PRIMERA INSTANCIA
Se declaró infundada la demanda de divorcio por causal de separación de hecho y conducta deshonrosa interpuesta por Efraín Jaime Minaya Leyva y fundada la reconvención de divorcio por la causal de separación de hecho interpuesta por Fabiana Bibiana Portella Sifuentes.
SENTENCIA DE VISTA
La Sala Mixta Permanente de la Corte Superior de Justicia de Huara confirmó la sentencia apelada que declaró infundada la demanda de divorcio por causal de separación de hecho y conducta deshonrosa interpuesta por Efraín Jaime Minaya
exposición innecesaria no solo a la intimidad de los cónyuges sino también a la intimidad de su familia.
De otro lado, en la doctrina comparada también se ha hecho mención a la afectación de estos derechos, cuando se aplicó en España el divorcio culpable o por causal (tal y como se lo conoce en Perú) que: la práctica demuestra que los procesos judiciales de divorcio se convierten en largos, tortuosos y plagados de pruebas falsas, entrando a conocer los aspectos más íntimos de la pareja y detalles escabrosos, en más de una ocasión inventado, con el fin de obtener una sentencia lo más favorable posible a los intereses de cada parte (Martínez Escribano, 2013, p.
Siendo importante citar como ejemplo que en el país de España el juez al momento de resolver un caso de disolución del vínculo matrimonial no entra en el ámbito íntimo de los cónyuges pues el fundamento real del divorcio reside en la voluntad de uno o los dos cónyuges de querer romper el vínculo, en ejercicio de su libertad personal, más que en la idea de intimidad (Ruíz-Rico Ruíz & Castaños Castro, p. 5)
El divorcio en donde el magistrado no tiene que corroborar la existencia de una causal, contribuye a que no se vulneren los derechos fundamentales que se relacionen intrínsecamente con la dignidad. Es decir, tanto la intimidad como el honor y la buena reputación, deben ser protegidos y otorgarles la connotación de derecho fundamental para que así no se vean vulnerados en ningún tipo de proceso. Así mismo, conviene precisar que este tipo de situaciones que ponen a los cónyuges en una situación incómoda y vulnerable, se puede evitar si se instaurara un tipo de proceso igual al de España, en donde basta la voluntad de unos de los cónyuges para disolver el vínculo marital, esto contribuye a que no se vulneren los derechos
fundamentales que se encuentren relacionados con el proceso de divorcio y la intimidad de las partes.
De otro lado, también se afirma que esta modalidad de divorcio responde a la libertad personal, la misma que se encuentra relacionada con la dignidad de la persona humana.
Estos derechos, que se encuentran directamente relacionados con la dignidad, deben de ser valorados al momento de crear las leyes, puesto que no pueden ser vulnerados bajo ninguna circunstancia o proceso, menos aun cuando de por medio se encuentra el bienestar de menores, quienes sufren durante todo el proceso de divorcio