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Una carta salvoconducto emitida por la empresa operaciones arcos dorados de perú s.a. A uno de sus trabajadores, el señor herrera policarpio, jesús manuel. La carta autoriza al trabajador a desplazarse desde su domicilio hasta las instalaciones de la empresa y viceversa durante el período de inmovilización social obligatoria establecido por el decreto supremo nº 002-2022-pcm en la provincia de lima y la provincia constitucional del callao. La empresa se dedica a la venta de alimentos preparados a través del servicio de entrega a domicilio (delivery), por lo que sus trabajadores están exceptuados de la inmovilización social. La carta salvoconducto reconoce y autoriza al trabajador a circular por las vías de uso público durante este período para poder prestar sus servicios.
Tipo: Ejercicios
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Lima, 07 de enero de 2022. Señor(a) HERRERA POLICARPIO, JESUS MANUEL Presente.- En atención a lo establecido por el Decreto Supremo Nª 002 - 2022 - PCM, el mismo que ha establecido la inmovilización social obligatoria de lunes a domingo desde 23: horas hasta las 4:00 horas del día siguiente a nivel de la provincia de Lima y la provincia constitucional del Callao;teniendo en cuenta que el mencionado Decreto Supremo establece como excepción a la inmovilización social obligatoria a los servicios de restaurante para entrega a domicilio (delivery) y recojo en local, , le otorgo la presente misiva, en calidad de salvoconducto. Es el caso que OPERACIONES ARCOS DORADOS DE PERÚ S.A., con RUC Nº 20376289215, sito en Av. Oscar R. Benavides No. 140 - 146 Int. 5, piso 2, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima, y con presencia a través de sus restaurantes en los diferentes lugares de Lima, es una empresa que se dedica a la venta de alimentos preparados a través del servicio y DELIVERY. En ese sentido, teniendo en cuenta que la empresa no otorga a sus trabajadores fotocheck físico dada la digitalización de los marcadores de ingreso, la presente Carta Salvoconducto le reconoce y autoriza a Usted a trasladarse desde su domicilio, con vehículo particular o transporte público, hasta las instalaciones de la empresa y viceversa, así como para el ejercicio estricto de sus labores. Por tanto, al ser trabajador de nuestra empresa Usted se encuentra autorizado para circular por las vías de uso público durante la inmovilización social obligatoria a fin de prestar sus servicios. Atentamente, María Victoria Sandoval Representante Legal Operaciones Arcos Dorados de Perú S.A.