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BREVE SINOPSIS DEL DERECHO, Resúmenes de Derecho

UN PROCESO DEL DERECHO DESDE SUS ORIGENES AL PRSENTE

Tipo: Resúmenes

Antes del 2010

Subido el 01/07/2025

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leon-marin-martin 🇲🇽

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EL HOMBRE Y EL DERECHO
I. Cuestionario de Preguntas Cortas
Responde cada pregunta en 2-3 oraciones.
1. Según el texto, ¿qué postura adoptaron Thomas Hobbes, John Locke y Jean Jacques
Rousseau respecto al origen del derecho y la comunidad jurídica?
Estos autores admitieron la existencia de un estado de naturaleza pre-social y
anterior a todo orden jurídico, basándose en la idea de un contrato social o de
sumisión. Sin embargo, el texto señala que no aportaron pruebas para sustentar esta
afirmación, considerándola una "pura ficción".
2. ¿Por qué la investigación etnológica y los estudios pre-históricos refutan la idea de un
estado de naturaleza pre-social?
La investigación etnológica y los estudios pre-históricos han llegado a la conclusión
de que incluso los pueblos más primitivos poseían una idea del derecho y una
organización en su conducta. Esto contradice la noción de que el hombre vivió en un
estado de aislamiento antes de ingresar en la comunidad jurídica.
3. ¿Cómo define el texto el "derecho consuetudinario primitivo" y qué diferencia
fundamental establece con la positivización de las normas jurídicas fundamentales?
El derecho consuetudinario primitivo se refiere a la existencia de una norma básica
ya practicada por los hombres, basada en la convicción del pueblo o la clase
privilegiada. Se diferencia de la positivización de las normas jurídicas
fundamentales en que no es una "positivización de las normas jurídicas
fundamentales que existen en el espíritu de los miembros de la comunidad", sino una
práctica espontánea.
4. ¿Qué crítica se le hace a la concepción del "derecho natural" en la Antigüedad y cómo
evolucionó esta idea hasta el siglo XX?
En la Antigüedad, se conocía el derecho natural como "derecho en sentido objetivo".
Se criticó la identificación del derecho natural con la "ley natural", especialmente
después de la época de Kant, donde se afirmó que el derecho natural es una "ley
causal". A pesar de las impugnaciones, la corriente del derecho natural persistió y se
amplió su conocimiento hasta el siglo XX.
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EL HOMBRE Y EL DERECHO

I. Cuestionario de Preguntas Cortas

Responde cada pregunta en 2-3 oraciones.

  1. Según el texto, ¿qué postura adoptaron Thomas Hobbes, John Locke y Jean Jacques Rousseau respecto al origen del derecho y la comunidad jurídica? Estos autores admitieron la existencia de un estado de naturaleza pre-social y anterior a todo orden jurídico, basándose en la idea de un contrato social o de sumisión. Sin embargo, el texto señala que no aportaron pruebas para sustentar esta afirmación, considerándola una "pura ficción".
  2. ¿Por qué la investigación etnológica y los estudios pre-históricos refutan la idea de un estado de naturaleza pre-social? La investigación etnológica y los estudios pre-históricos han llegado a la conclusión de que incluso los pueblos más primitivos poseían una idea del derecho y una organización en su conducta. Esto contradice la noción de que el hombre vivió en un estado de aislamiento antes de ingresar en la comunidad jurídica.
  3. ¿Cómo define el texto el "derecho consuetudinario primitivo" y qué diferencia fundamental establece con la positivización de las normas jurídicas fundamentales? El derecho consuetudinario primitivo se refiere a la existencia de una norma básica ya practicada por los hombres, basada en la convicción del pueblo o la clase privilegiada. Se diferencia de la positivización de las normas jurídicas fundamentales en que no es una "positivización de las normas jurídicas fundamentales que existen en el espíritu de los miembros de la comunidad", sino una práctica espontánea.
  4. ¿Qué crítica se le hace a la concepción del "derecho natural" en la Antigüedad y cómo evolucionó esta idea hasta el siglo XX? En la Antigüedad, se conocía el derecho natural como "derecho en sentido objetivo". Se criticó la identificación del derecho natural con la "ley natural", especialmente después de la época de Kant, donde se afirmó que el derecho natural es una "ley causal". A pesar de las impugnaciones, la corriente del derecho natural persistió y se amplió su conocimiento hasta el siglo XX.
  1. Explica la diferencia entre "conciencia" y "sentimiento jurídico" según el texto, en relación con el descubrimiento del derecho natural. La conciencia jurídica se descubre intuitivamente, mientras que el sentimiento jurídico se refiere a las raíces humanas del derecho, arraigadas en el espíritu. El análisis crítico revela que el fenómeno jurídico es más complejo de lo que parece a primera vista, implicando tanto una comprensión intelectual como una conexión emocional.
  2. ¿De qué manera el "sentimiento de la personalidad del hombre" contribuye a la formación del sentimiento jurídico? El "sentimiento de la personalidad del hombre" es uno de los elementos constitutivos del sentimiento jurídico. Es el respeto a las pretensiones de otras personas y el reconocimiento de un vínculo obligatorio entre individuos. Esto se une al sentimiento de pertenencia a una comunidad.
  3. Según Henry Bergson, ¿qué es necesario para que una sociedad exista y cómo se relaciona esto con las disposiciones innatas del hombre? Según Bergson, para que la sociedad exista, es necesario un conjunto de disposiciones innatas que el hombre aporta. Estas disposiciones no se explican solo por la sociedad misma, sino que son indispensables para que la sociedad emerja y progrese.
  4. ¿Qué papel juegan las manifestaciones éticas en la extensión de la conciencia jurídica comunitaria, según el texto? La conciencia jurídica comunitaria no es una manifestación ética aislada, sino que abarca parte del mundo ético relacionado con la vida comunitaria. Las convicciones sobre lo permitido y prohibido dentro de un grupo primitivo conducen a una conducta que el grupo reconoce como derecho.
  5. ¿Cómo se divide el conocimiento filosófico de los valores y qué postura sostiene cada una de estas direcciones? El conocimiento filosófico de los valores se divide en conocimiento inmediato y conocimiento mediato. El conocimiento inmediato sostiene que los valores se captan

Norma jurídica (poseedora de validez): Una regla de conducta obligatoria, establecida por una autoridad legítima, que produce efectos jurídicos.  Derecho consuetudinario primitivo: Normas de conducta que surgen de la práctica reiterada y la convicción de un pueblo sobre lo que es permitido o prohibido, sirviendo de base para la organización social antes de la formalización del derecho.  Positivización de las normas jurídicas fundamentales: El proceso de convertir principios jurídicos inherentes o fundamentales en leyes escritas o formalmente reconocidas por un sistema legal.  Derecho natural: Conjunto de principios inherentes a la naturaleza humana, considerados universales, inmutables y superiores al derecho positivo, que guían lo que es justo e injusto.  Ley causal: Principio que establece una relación de causa y efecto en los fenómenos, a menudo contrastado con las leyes morales o normativas que rigen el comportamiento humano.  Conciencia jurídica: La capacidad intelectual de comprender y reconocer la existencia y los principios del derecho, a menudo de manera intuitiva.  Sentimiento jurídico: La dimensión emocional y profunda del ser humano que se relaciona con el derecho, manifestada en el respeto por la personalidad ajena, el vínculo obligatorio con otros y el deseo de justicia.  Disposiciones innatas: Cualidades o tendencias inherentes al ser humano desde su nacimiento, que no son aprendidas y que influyen en su comportamiento y en la formación de la sociedad.  Etnología: La ciencia que estudia las culturas de los pueblos, sus costumbres, creencias y formas de organización social, incluyendo el desarrollo de sus sistemas jurídicos.  Estudios pre-históricos: La investigación de las sociedades humanas anteriores a la invención de la escritura, a menudo a través de restos arqueológicos y antropológicos.  Filosofía Jónica: Corriente filosófica presocrática, originada en Jonia, que buscaba el principio fundamental (arjé) de la naturaleza, a menudo asociándose con una visión monista del universo y una deducción del orden moral del orden cósmico.  Orden cósmico: La estructura y el funcionamiento armonioso del universo, a menudo considerado como fuente de principios morales y jurídicos en algunas filosofías antiguas.  Conocimiento inmediato de los valores: La idea de que los valores (incluyendo los jurídicos) se captan de forma directa, intuitiva o a través del sentimiento, sin necesidad de razonamiento o análisis.  Conocimiento mediato de los valores: La postura que sostiene que la razón es indispensable para comprender y acceder a los valores, requiriendo un proceso de reflexión y deducción.