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Modificación de la Resolución 30021 de 2017 sobre Buenas Prácticas Agrícolas - Prof. Franc, Monografías, Ensayos de Agronomía

La resolución 082394 de 2020 modifica la resolución 30021 de 2017 sobre buenas prácticas agrícolas (BPA) en Colombia. Busca implementar mejoras en la aplicabilidad de las BPA, incorporando elementos de aseguramiento de calidad e inocuidad de referentes internacionales, para fortalecer los puntos de control para la certificación. Además, equipara la certificación ICA en BPA a los estándares de calidad de entes internacionales como GLOBALG.A.P, para facilitar a los productores la obtención de certificaciones internacionales y mejorar su competitividad.

Tipo: Monografías, Ensayos

2022/2023

Subido el 08/05/2024

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FORMA 4-027
RESOLUCIÓN No.082394
(29/12/2020)
“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución
30021 de 2017”
LA GERENTE GENERAL
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA)
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el Decreto
4765 de 2008, modificado por el Decreto 3769 de 2009, los artículos 2.13.1.6.1. y
2.13.8.1.1. y subsiguientes del Decreto 1071 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, le corresponde el manejo de la
sanidad vegetal, para lo cual adoptará las acciones y disposiciones que sean
necesarias para la prevención, erradicación, o el manejo de enfermedades,
plagas, malezas o cualquier otro organismo dañino que afecten las plantas y sus
productos, actuando en permanente armonía con la protección y preservación de
los recursos naturales.
Que, de acuerdo al numeral 2 del artículo 30 del Decreto 4765 de 2008,
corresponde al ICA coordinar y establecer estrategias y directrices para lograr el
mejoramiento de la inocuidad de alimentos de origen vegetal en las cadenas
agroalimentarias, velando por la implementación de sistemas de aseguramiento
de la calidad e inocuidad (Buenas Prácticas Agrícolas, Buenas Prácticas de
Manufactura) y su certificación.
Que, de acuerdo al numeral 3 del artículo 30 del Decreto 4765 de 2008,
corresponde al ICA establecer mecanismos para la certificación de Buenas
Prácticas Agrícolas y proponer el desarrollo de incentivos al productor para su
implementación.
Que el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, debe implementar las medidas
sanitarias y fitosanitarias que se requieran a fin de reducir los riesgos por la
trasmisión de enfermedades y garantizar la inocuidad de los alimentos en el país.
Que, de acuerdo a lo anterior, el ICA, el 28 de abril de 2017 expidió la Resolución
30021 “Por medio de la cual se establecen los requisitos para la certificación de
Buenas Prácticas Agrícolas en producción primaria de vegetales y otras especies
de consumo humano”.
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“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

30021 de 2017”

LA GERENTE GENERAL

DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA)

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el Decreto

4765 de 2008, modificado por el Decreto 3769 de 2009, los artículos 2.13.1.6.1. y

2.13.8.1.1. y subsiguientes del Decreto 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, le corresponde el manejo de la

sanidad vegetal, para lo cual adoptará las acciones y disposiciones que sean

necesarias para la prevención, erradicación, o el manejo de enfermedades,

plagas, malezas o cualquier otro organismo dañino que afecten las plantas y sus

productos, actuando en permanente armonía con la protección y preservación de

los recursos naturales.

Que, de acuerdo al numeral 2 del artículo 30 del Decreto 4765 de 2008,

corresponde al ICA coordinar y establecer estrategias y directrices para lograr el

mejoramiento de la inocuidad de alimentos de origen vegetal en las cadenas

agroalimentarias, velando por la implementación de sistemas de aseguramiento

de la calidad e inocuidad (Buenas Prácticas Agrícolas, Buenas Prácticas de

Manufactura) y su certificación.

Que, de acuerdo al numeral 3 del artículo 30 del Decreto 4765 de 2008,

corresponde al ICA establecer mecanismos para la certificación de Buenas

Prácticas Agrícolas y proponer el desarrollo de incentivos al productor para su

implementación.

Que el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, debe implementar las medidas

sanitarias y fitosanitarias que se requieran a fin de reducir los riesgos por la

trasmisión de enfermedades y garantizar la inocuidad de los alimentos en el país.

Que, de acuerdo a lo anterior, el ICA, el 28 de abril de 2017 expidió la Resolución

30021 “Por medio de la cual se establecen los requisitos para la certificación de

Buenas Prácticas Agrícolas en producción primaria de vegetales y otras especies

de consumo humano”.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

30021 de 2017”

Que, dicha resolución ha permitido implementar Buenas Prácticas Agrícolas en el

país y, a fin de mejorar su aplicabilidad, es necesario proceder con los ajustes de

la Resolución para optimizar el alcance de la misma, por las razones que a

continuación se exponen:

Que, luego de la auditoría realizada por el Unión Europea, se adquirió el

compromiso en el plan de acción, de incorporar elementos de aseguramiento de

calidad y de inocuidad de referentes internacionales, a fin de generar mejores

puntos de control para la certificación de Buenas Prácticas Agrícolas, estos

puntos de control fortalecidos se ven reflejados en el anexo propuesto,

denominado:

Anexo I. Lista de Chequeo - Certificación de Buenas Prácticas Agrícolas.

Que, las Buenas Prácticas Agrícolas son una serie de métodos específicos, por

medio de los cuales los agricultores protegen su propia salud, la salud y el

bienestar de las personas que consumen sus productos, desarrollando criterios de

calidad y de inocuidad en cumplimiento a los trámites ante la entidad, se garantiza

la materialización de este objetivo, lo cual va acorde con en los anexos propuesto,

denominados:

Anexo II. Criterios de Cumplimiento para Certificación de Predios en

Buenas Prácticas Agrícolas.

Anexo III Solicitud de Auditoría en Buenas Prácticas Agrícolas

Que, dado que la demanda de productos primarios es bastante amplia, esta

certificación debe extenderse a todos los productos de la producción primaria y

por ello, es necesario que el campo de aplicación de la Resolución sea más

extenso e incluyente respecto a otros productos, dicho ajuste requiere a su vez,

que el término definición en el artículo 3 numeral 3.15 Vegetales, se ajuste en

congruencia con el ámbito de ampliación que se requiere. Para ello se toma como

referente la decisión dada por la FAO, 1990 revisado CIPF, 1997; aclaración,

2005; anteriormente producto vegetal.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

30021 de 2017”

3.15 VEGETALES: Un producto vegetal se refiere a las plantas,

partes de las plantas, productos y subproductos vegetales (material

de propagación asexual y semillas, frutas, vegetales frescos, flores y

ornamentales, entre otros).

ARTÍCULO 3. Modificar el artículo 4 de la Resolución 30021 de 2017, el cual

quedara así:

“ARTÍCULO 4. SOLICITUD Y REQUISITOS DE CERTIFICACIÓN EN

BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS. Toda persona natural o jurídica que

posean a cualquier título cultivos de vegetales y otras especies para

consumo humano y deseen certificar el predio productor en buenas

prácticas agrícolas, debe realizar solicitud escrita forma 3-189 a la

Gerencia Seccional correspondiente a la jurisdicción del predio o a través

de la Ventanilla Única de Trámites del ICA, anexando los siguientes

documentos:

4.1. Copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería (si aplica) o

RUT, si se trata de una persona natural o informar el nombre de la

empresa y el NIT si es persona jurídica.

4.2. Acreditar la propiedad, posesión o tenencia del predio productor.

4.3. Documento que acredite la asistencia técnica al predio, por parte de

un ingeniero agrónomo o agrónomo y copia de la tarjeta profesional

vigente. Para los cultivos forestales se admite acreditación de

asistencia técnica a través de ingeniero forestal y agroforestal, y

para el caso de cultivos orgánicos la asistencia técnica puede ser

prestada a través de ingeniero agroecólogo.

4.4. Croquis de llegada y plano del predio, indicando las áreas

destinadas al cultivo y especie(s).

4.5. Certificado del uso del suelo expedido por la autoridad competente.

4.6. Análisis microbiológico de aguas provenientes de las fuentes

utilizadas en las labores del predio, con una vigencia no mayor a un

(1) año.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

30021 de 2017”

4.7. Permiso de usos de aguas o radicado de la solicitud del permiso de

uso de aguas, cuando se requiera según normatividad del Ministerio

de Ambiente y Desarrollo Sostenible para tal fin.

4.8. Para efectos de la visita de verificación, deberá cumplir con lo

establecido en los Anexo I y II de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4. Modificar el artículo 12 de la Resolución 30021 de 2017, el cual

quedara así:

ARTÍCULO 12. DOCUMENTO S. Hacen parte integral de la presente

Resolución los siguientes documentos:

12.1 Anexo I. Lista de Chequeo Certificación de Buenas Prácticas

Agrícolas

12.2 Anexo II. Criterios de Cumplimiento para Certificación de Predios

en Buenas Prácticas Agrícolas.

12.3 Anexo III. Solicitud de Auditoría en Buenas Prácticas Agrícolas.

ARTÍCULO 5. Modificar el artículo 14 de la Resolución 30021 de 2017, el cual

quedara así:

“ARTÍCULO 14.- SANCIONES. El incumplimiento de cualquiera de las

disposiciones establecidas en la presente Resolución será sancionado de

conformidad con lo establecido en el artículo 156 y 157 de la Ley 1955 de

2019, o aquella que la modifique adicione o sustituya, sin perjuicio de las

acciones civiles y penales a que haya lugar.”

ARTÍCULO 6. TRANSITORIO. Aquellos predios que cuenten con Certificación de

Buenas Prácticas Agrícolas, con anterioridad a la entrada en vigencia de la

presente Resolución para su renovación, deberán presentar la información

actualizada conforme los requisitos aquí establecidos.

Aquellos predios que se encuentren en trámite de expedición de la Certificación

de Buenas Prácticas Agrícolas, antes de la entrada en vigencia de la presente

Resolución, podrán obtener la misma, conforme a los requisitos establecidos en

la Resolución 30021 de 2017, vigentes para al momento de su radicación.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

30021 de 2017”

SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD (^) ANEXO I - LISTA DE CHEQUEO CERTIFICACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS

SUBGERENCIA DE PROTECCIÓN VEGETAL

DIRECCIÓN TÉCNICA DE INOCUIDAD E INSUMOS AGRÍCOLAS

NOTA:

*Todos los puntos de control deben ser inspeccionados. *Todos los puntos de control con incumplimiento, que no aplican y fundamentales deben ser justificados. *En caso de no aplicar un punto [NA] se debe justificar (^) PUNTOS DE CONTROL

NIVEL CRITERIOS DE

CUMPLIMIENTO

CUMPLE?

COMENTARIOS

1 ÁREAS E INSTALACIONES

1.1 Áreas de instalaciones sanitarias

¿El predio cuenta con baño/unidad sanitaria para los trabajadores, cerca al área de trabajo?

F

Los operarios disponen de unidades sanitarias, fijas o portátiles incluyendo pozos sépticos, siempre que sea construido con materiales de fácil limpieza, que operen adecuadamente y diseñado para prevenir la contaminación. Estar dotado de elementos de higiene y en condiciones de limpieza.

  • Las unidades sanitarias deben estar en cercanía de los sitios de trabajo para que la distancia o el tiempo de desplazamiento no sea restricción para su uso.
  • Si la unidad sanitaria está dentro de una infraestructura, la puerta no debe abrir hacía los sitios de manipulación del producto ni material de empaque, o deberá tener cierre automático.
  • Debe haber avisos que indiquen la obligación y el procedimiento para lavarse las manos.

¿El predio cuenta con sistema de lavado de manos para los trabajadores? (^) F

El sistema de lavado de manos permanece en condiciones óptimas de limpieza, dotado de jabón inodoro y toallas limpias para el secado de manos.

-El sistema de lavado de manos debe estar lo más cerca posible de las unidades sanitarias para evitar contaminación cruzada.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

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Está ubicado cerca a los sitios de trabajo.

  • Los trabajadores deben lavarse las manos antes de iniciar labores, especialmente en actividades que involucren contacto con el cultivo o el producto, y siempre que haya riesgo de contaminación cruzada por fluidos corporales.

Es recomendable que, si el agua para el lavado de manos no es potable, se use antiséptico después del lavado.

¿Hay en el predio avisos informativos claros, alusivos a las actividades de limpieza e higiene para el personal que allí se encuentre (trabajadores, contratistas o personal externo)?

My

Los avisos deben estar en sitios visibles y relacionados con el lavado de manos e instrucciones de higiene para los casos que generen riesgo a la inocuidad, tales como:

  • No tener contacto con el cultivo o el producto si hay lesiones/heridas expuestas, en este caso deben ser cubiertas.
  • Informar sobre síntomas de enfermedades infectocontagiosas por parte de los trabajadores. Cuando se presente esta situación, los trabajadores no deben tener contacto con el cultivo, el producto o elementos que estén en contacto con éste.
  • Prevención de contaminación del producto con fluidos corporales. Si ocurre la contaminación, los trabajadores deben informar.
  • El uso de áreas específicas para la alimentación, hidratación y descanso.
  • Prohibición de fumar en los sitios donde se realicen actividades del cultivo, manejo del producto o que haya elementos empleados en el

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

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uno nuevo pero rotulado con la misma información de la etiqueta.

  • En caso de que el área sea compartida para el almacenamiento de enseres, equipos o herramientas debe existir una división física que prevenga la contaminación cruzada con los elementos que puedan tener contacto con el producto agrícola.
  • En todo caso, se debe atender las recomendaciones de almacenamiento de la etiqueta de los insumos. 1.2.2 (^) ¿Cuenta con botiquín de primeros auxilios?

Mn (^) Los botiquines de primeros auxilios deben estar dotados de los elementos necesarios para la atención de una emergencia de acuerdo con los riesgos generados por las actividades realizadas en el predio, se encuentran disponibles y accesibles en todos los sitios y pueden ser transportados a los lugares de trabajo. Los mismos cumplen con la normativa y las recomendaciones locales.

1.2.3 ¿Cuenta con extintor multiuso en un lugar visible?

Mn Hay en el predio un extintor multiuso con su carga al día, ubicado en un sitio visible y de fácil acceso. El personal está capacitado para su uso.

1.2.4 ¿Cuenta con un kit para uso en caso de derrame de insumos agrícolas?

My El área de almacenamiento de insumos cuenta con un kit para uso en caso de derrame, el cual deberá estar señalizado y como mínimo consta de arena o un material absorbente inerte, recogedor, bolsa y guantes. La disposición final del residuo se realiza de acuerdo con las normas locales vigentes. 1.2.5 ¿Cuenta con avisos informativos claros, alusivos a las actividades y riesgos relacionados con el manejo de los insumos agrícolas y al

My Los avisos deben ser claros y visibles, se deben encontrar en buen estado. Deben informar sobre el riesgo del sitio y la necesidad de usar equipos de protección personal.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

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uso de elementos de protección personal? 1.3 Área de dosificación y preparación de mezclas de insumos agrícolas 1.3.1 ¿El predio cuenta con área de dosificación de insumos agrícolas?

My El área de dosificación y preparación de mezclas, puede encontrarse localizada dentro de la bodega de insumos.

  • Se tienen procedimientos para atención de situaciones de emergencia e indicaciones sobre el uso de elementos de protección personal y cumplir con todas las condiciones de seguridad acorde con el tipo de insumo y las recomendaciones de la etiqueta.
  • Está separada físicamente y posee piso impermeable y adaptado para controlar derrames. Hay suministro de agua y dispositivos para el lavado ojos con agua corriente en caso de emergencia, iluminación y ventilación adecuada.
  • Existen elementos de medición para la correcta dosificación, tales como balanzas, probetas, recipientes graduados, etc., los cuales están en buen estado y son de uso exclusivo para este fin.
  • Los equipos de medición deben ser verificados anualmente y estar limpios para el uso correcto.
  • Se debe seguir la recomendación de dosificación y mezcla de la etiqueta de los insumos.

1.3.2 ¿El predio cuenta con área de preparación de mezclas de insumos agrícolas?

My Cuando la dosificación y mezcla de los insumos se realice dentro del cultivo, esta zona deberá demarcarse y tener las mismas precauciones.

  • El transporte de plaguicidas dentro del predio, se debe realizar evitando el riesgo a los trabajadores y a la inocuidad del producto.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

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1 .5.2 ¿Se almacena el material de empaque en un sitio limpio?

My El material de empaque se debe almacenar en un sitio limpio y protegido de la contaminación. No se almacena directamente sobre el suelo.

  • El material de empaque reutilizable está en buen estado y no genera riesgo de contaminación.
  • Si se utiliza iluminación artificial (bombillos, lámparas, etc.) que esté arriba del material de empaque, debe existir un mecanismo de protección en caso de rotura.

1.6 Área destinada al bienestar de los trabajadores

1.6.1 ¿El predio cuenta con área para el consumo de alimentos y descanso de los trabajadores?

Mn Área independiente de las zonas de trabajo donde puedan guardar los alimentos, debe permanecer limpia y ordenada, contar con canecas para la disposición de basuras.

  • Hay disponible lavamanos cerca del sitio de descanso. 1.7 Área de almacenamiento de equipos, utensilios y herramientas

1.7.1 ¿El predio cuenta con área de almacenamiento s de equipos utensilios y herramientas?

My Los equipos, utensilios y herramientas deben estar limpios y organizados con el fin de prevenir su deterioro y posibles accidentes.

1.7.2 (^) ¿Los equipos, utensilios y herramientas empleados en la cosecha se protegen de la contaminación?

My (^) Los equipos, utensilios y herramientas empleados en la cosecha se almacenan en un sitio donde no se contaminan y se encuentran limpios.

  • Los equipos, utensilios y herramientas de la cosecha se emplean únicamente para este fin.
  • Antes de iniciar la cosecha se debe verificar que los elementos empleados se encuentren limpios. 2 EQUIPOS, UTENSILIOS Y HERRAMIENTAS

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2 .1 ¿Todos los equipos, utensilios y herramientas se mantienen en buenas condiciones de operación y limpieza?

Mn Los equipos, utensilios y herramientas empleados en las labores de campo, cosecha y poscosecha son sometidos a actividades de mantenimiento, verificación/calibración, limpieza y desinfección (cuando hay riesgo de contaminación cruzada hacía el producto cosechado).

Estas actividades se deben realizar frecuentemente obedecen a una programación documentada. 2.2 ¿Hay procedimientos e instructivos para su manejo, que eviten los riesgos de contaminación cruzada o su deterioro y mal funcionamiento?

Mn Existen procedimientos o instructivos para el manejo de equipos, utensilios y herramientas, que eviten los riesgos de contaminación cruzada o su deterioro y mal funcionamiento.

2.3 ¿Se mantienen los registros documentales de todas las actividades de mantenimiento, verificación/calib ración, limpieza y desinfección que se realizan?

My Los registros documentales evidencian la ejecución de las actividades de mantenimiento, verificación/calibración, limpieza y desinfección (cuando corresponda). Estos son legibles, con fechas consecutivas.

3 COMPONENTE AMBIENTAL

3.1 Agua

3.1.1 ¿Se ha identificado la fuente de agua a utilizar en las diferentes labores del predio?

My Se han establecido las fuentes de agua que se usan en las labores del predio y se definieron las acciones para su protección y uso racional.

Están documentadas las acciones propuestas y se verifican en el predio. 3.1.2 Cuando se requiera, ¿se cuenta con permiso de uso de aguas?

My En caso de requerirse (concesión superficial y/o subterránea de aguas), se debe contar con el permiso expreso de las autoridades competentes para el uso de las fuentes de agua utilizadas con fines de riego y procesos llevados a cabo en el predio. Si existe el permiso de uso, se deba demostrar el cumplimiento con los volúmenes permitidos por medio de registro.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

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3 .2.1 ¿El predio cuenta con un plan de manejo de residuos líquidos y sólidos?

My Este plan está actualizado, documentado. Abarca la reducción de desperdicios y contaminación (aire, suelo y agua), reciclaje y reutilización de residuos. Se evidencian acciones y medidas que confirman el cumplimiento de los objetivos del plan de residuos y contaminantes.

  • En el plan se observa la identificación de los residuos. 3.2.2 ¿Las aguas contaminadas con plaguicidas se disponen en un sitio de área de vertimiento de aguas sobrantes debidamente identificado y alejado de las fuentes de agua?

My Si se requiere disponer de mezclas no utilizadas y de las aguas de lavado de equipos de aplicación (bombas, mangueras, etc.) éstas son aplicadas en una parte del cultivo no tratado, entre los caminos, eras del cultivo, en un área no sembrada o área de barbecho demarcada para tal fin y alejado de las fuentes de agua.

3.2.3 ¿El predio se encuentra despejado de basura o residuos?

My Por inspección visual se determina que en el predio no hay basuras o residuos acumulados. Se exceptúan los desechos generados en el mismo día de trabajo. 3.2.4 ¿Los envases vacíos de plaguicidas son sometidos a la práctica del triple lavado? ¿Se inutilizan sin destruir la etiqueta y son conservados con las debidas precauciones?

My Antes de desechar los recipientes vacíos de los plaguicidas, se realiza el triple lavado de los mismos. El agua del lavado se vierte en el tanque de mezcla.

  • Para evitar la reutilización de los envases, estos son perforados sin dañar la etiqueta y almacenados en forma segura en un sitio exclusivo para almacenamiento de residuos peligrosos (incluye mangueras de fumigación en desuso, equipos de protección desechados, otros empaques de agroquímicos, etc.). Este lugar debe estar ventilado, señalizado e informar sobre el riesgo.
  • La disposición final de los residuos peligrosos debe estar documentada.
  • Se permite la reutilización si es para contener el mismo

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

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plaguicida identificado en la etiqueta.

3.2.5 ¿Los plaguicidas vencidos se almacenan de forma segura?

My Se evidencia por medio de documentos que los plaguicidas vencidos se eliminan por medio de procedimientos autorizados (consultar con el formulador del plaguicida).

  • Cuando los plaguicidas vencidos se encuentren en el predio, deben estar almacenados de forma segura e identificados para evitar que sean utilizados. 3.2.6 ¿El material vegetal resultante de podas fitosanitarias, es retirado del predio o enterrado?

Mn Retirar del cultivo, enterrar o compostar el material vegetal resultante de podas fitosanitarias con el fin de evitar diseminación de plagas.

3.3 Manejo de protección de suelos 3.3.1 ¿Cuándo sea técnicamente posible, se hace rotación de cultivos?

Mn Especialmente en los cultivos de ciclo corto, se realiza rotación de cultivos.

  • Esta práctica de debe demostrar por medio de registros de siembra. 3.3.2 ¿Se emplean técnicas de manejo del suelo para mantener su estructura, prevenir la compactación, erosión y corregir problemas de saturación hídrica?

Mn Existe un plan de manejo que establezca las prácticas de mejora y de mitigación del impacto en el suelo debido a la labranza y las labores de cultivo. Las actividades propuestas en el plan se evidencian en campo.

3.4 Protección de insectos benéficos y polinizadores

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

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ICA? (información que puede ser verificada en la página oficial del ICA)

4.3 En caso de que el material de propagación sea obtenido en el predio ¿el proceso garantiza la calidad y sanidad del material?

My Si el material de propagación es obtenido en el predio debe contar con un procedimiento para tal fin, así como llevar registro documental de las actividades desarrolladas.

Se incluye en los registros el estado fitosanitario del material de propagación y el control de plagas y enfermedades. 4.4 (^) ¿Se registran las aplicaciones de plaguicidas en el material de propagación obtenido en el predio?

My (^) Se registran todas las aplicaciones de plaguicidas realizadas al material de propagación. La información registrada muestra:

  • Sitio de aplicación
  • Fecha
  • Nombre del plaguicida
  • Ingrediente activo
  • El operario
  • Blanco biológico
  • Dosis
  • Cantidad del producto aplicado
  • Maquinaria empleada Nombre de quien recomienda la aplicación.

5 NUTRICIÓN DEL CULTIVO

5.1 ¿Se ha diseñado un plan de fertilización (inorgánica y orgánica) basado en el análisis de suelo y los requerimientos de la especie sembrada y es elaborado y ejecutado bajo la responsabilidad del asistente técnico?

My Diseñar un plan de fertilización para la nutrición del cultivo basado en el análisis de suelo y los requerimientos de la especie sembrada. Este plan debe ser elaborado y ejecutado bajo la supervisión del asistente técnico.

  • El plan incluye: nombre del fertilizante, componentes y concentración, cantidad a aplicar, tipo de fertilizante, abono o enmienda que se va a aplicar, dosis, métodos y épocas de aplicación.

“Por medio de la cual se Modifica los artículos 2, 3, 4, 12, y 14 de la Resolución

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5 .2 ¿Se cuenta con análisis de suelo?

My Análisis fisicoquímico, válido por 2 años.

5.3 Los insumos agrícolas utilizados en esta labor ¿cuentan con el registro otorgado por el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA-? ¿Son adquiridos en los almacenes autorizados por esta misma entidad?

My Los insumos cuentan con el registro otorgado por el ICA y son adquiridos en los almacenes autorizados por esta misma entidad (esta información se puede consultar en la página del ICA).

  • Se dispone de inventario de los fertilizantes.

5.4 ¿Todas las aplicaciones de fertilizantes están registradas?

My El registro documental de fertilizantes debe contener como mínimo:

  • Identificación del predio
  • Sitio o lote de producción
  • Nombre comercial del producto
  • Concentración (Ej. 15 - 15 - 1 5)
  • Fecha de aplicación
  • Dosis
  • Cantidad aplicada
  • Forma y método de aplicación
  • Equipo de aplicación
  • Nombre del operario Nombre y firma de quien recomendó.

5.5 ¿Para la preparación de abonos orgánicos en el predio se tienen implementados procedimientos de técnicas de compostaje?

F Contar con un procedimiento documentado para la preparación de abonos orgánicos.

No se deben usar las heces humanas tratadas o sin tratar, desechos urbanos sin clasificación y cualquier otro material que presente riesgo de contaminación microbiológica, metales pesados u otros productos químicos. 5.6 ¿Se llevan registros cuando el abono es preparado en el predio?

My Los registros incluyen información sobre el origen del material, los tratamientos de transformación y los controles realizados

6 PROTECCIÓN DE CULTIVO