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El Genocidio: Un Análisis de la Problemática Social y su Impacto en la Sociedad Mexicana, Esquemas y mapas conceptuales de Metodología de Investigación

Este documento explora el concepto de genocidio, su clasificación y ejemplos, con un enfoque en el caso de ayotzinapa. Se analiza la importancia de la investigación y la necesidad de comprender este delito para prevenirlo y sancionarlo. Se incluyen datos de una encuesta realizada a estudiantes de la universidad bancaria de méxico sobre su percepción del genocidio.

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2022/2023

Subido el 01/04/2025

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UNIVERSIDAD BANCARIA DE MÉXICO
Constancia, Unidad y Trabajo
LICENCIATURA EN DERECHO
RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS DE LA SECRETARÍA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA No. 2006471 DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2006.
DELINCUENCIA JUVENIL
Trabajo de Investigación
LICENCIATURA EN DERECHO
P R E S E N T A:
ROSA ANGELA BRISEÑO JERÓNIMO
MELISSA BAUTISTA DE ALEJO
DANIELA MARÍA ROJO ROSALES
INGRID GUADALUPE SANCHEZ HERNANDEZ
ASESOR DE TRABAJO: DR. MARISOL SÁNCHEZ BA
TEOLOYUCAN, ESTADO DE MÉXICO, 25 DE FEBRERO DE 2025.
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¡Descarga El Genocidio: Un Análisis de la Problemática Social y su Impacto en la Sociedad Mexicana y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Metodología de Investigación solo en Docsity!

UNIVERSIDAD BANCARIA DE MÉXICO

“ Constancia, Unidad y Trabajo ”

LICENCIATURA EN DERECHO

RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA No. 2006471 DEL 7 DE NOVIEMBRE DE 2006.

DELINCUENCIA JUVENIL

Trabajo de Investigación

LICENCIATURA EN DERECHO

P R E S E N T A:

ROSA ANGELA BRISEÑO JERÓNIMO

MELISSA BAUTISTA DE ALEJO

DANIELA MARÍA ROJO ROSALES

INGRID GUADALUPE SANCHEZ HERNANDEZ

ASESOR DE TRABAJO: DR. MARISOL SÁNCHEZ BA

TEOLOYUCAN, ESTADO DE MÉXICO, 25 DE FEBRERO DE 2025.

Índice

Capítulo 1. Planteamiento del Problema

1.1 Descripción de la Investigación (^6) 1.2 Objetivos de la Investigación (^6) 1.2. 1 Objetivos Generales 7 1.2. 2 Objetivos Específicos 7 1.3 Pregunta de la Investigación (^8) 1.4 Viabilidad de la Investigación (^8) 1.5 Justificación de la Investigación (^9) 1.6 Desconocimiento de la Investigación (^10) Capítulo 2. Genocidio y el Caso Ayotzinapa 2.1 Origen y Concepto de la Palabra Genocidio (^12) 2.2 Clases de Genocidio (^13) 2.2. 1 Genocidio Físico 13 2.2. 2 Genocidio Biológico 14 2.2. 3 Genocidio Cultural 14 2.3 Casos más importantes en el Genocidio (^15) 2.4 Legislación Aplicable para los Casos de Genocidio (^18) 2.5 Medidas para la Prevención del Genocidio (^20) Capítulo 3. El Conocimiento de la Comunidad Estudiantil UBAM Acerca del Caso Ayotzinapa 3.1 Caso Ayotzinapa Dolor y Esperanza (^23) 3.2 Violencia Normalizada (^24) 3.3 Valores Morales (^26) 3.4 Prejuicios (^27) 3.4. ¿Cuándo se convierten los prejuicios en un peligro? 29

Capítulo 1. Planteamiento

del Problema

Capítulo 1. Planteamiento del Problema

Hernández. Fernández, Baptista (2014) se refieren al planteamiento del problema como, afinar, precisar y estructurar la investigación lo cual involucra una mayor formalización y delimitación, de acuerdo a Sampieri (2017), tal investigación puede tener fines explorativos, poblacionales de fenómenos y de variables. La noche del 26 de septiembre del año 2014, 43 estudiantes de la escuela Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa ubicada en Guerrero fueron desaparecidos por elementos de seguridad pública del municipio de Iguala, se tienen indicios de que los 43 estudiantes fueron asesinados e incinerados en el basurero de Cocula por ser considerados como parte de un grupo de narcotráfico conocido como Los Rojos, la manera en la cual los elementos de la policía actuaron es semejante a el acontecimiento ocurrido el 2 de octubre de 1968, donde estudiantes de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y del Instituto Politécnico Nacional (IPN) organizaron una marcha contra la violencia policial, todo ocurrió en la Plaza de las Tres Culturas, donde más de 300 personas fueron acribilladas. Esta fue la culminación de varios delitos que al día de hoy se consideran inhumanos, los cuales fueron perpetrados por el gobierno de México en contra de estudiantes. Se considera que para la comunidad estudiantil estos acontecimientos son de suma importancia, principalmente porque de ellos deriva una de los delitos que se ha perseguido y ha sido autor de los más atroces sucesos alrededor de la historia, el genocidio, según Lemkin Raphael (2014) el genocidio es : "la aniquilación coordinada y planificada de un grupo de determinada nacionalidad, religión o raza mediante diversas acciones, cuyo objetivo consistía en socavar los cimientos fundamentales para la supervivencia", se considera al genocidio como una problemática social no solamente porque es uno de los delitos que más ha prevalecido, sino porque que termina con la existencia de personas únicamente por pesar y ver el mundo manera diferente. Actualmente se ha enseñado una cultura de prevención, esto sirve para no crecer en un mundo lleno de prejuicios y violencia, sirve para cultivar el respeto entre toda la sociedad. Como parte de la comunidad estudiantil se comparte algo en común, se tiene como objetivo crear nuevas oportunidades, nuevas visiones y nuevos comienzos, pues se tiene la

un problema en especial; en tal caso, debe mencionarse cuál es ese problema y de qué manera se piensa que el estudio ayudará a resolverlo. 1.2.1 Objetivos Generales Hernández. Fernández, Baptista (2014) se refieren al objetivo general como declaraciones claras y concisas que expresan el propósito que se quiere alcanzar en un proyecto o investigación. Son metas que se persiguen a largo plazo y que deben ser reales, incluso si se establecen a largo plazo. Esto permite analizar los resultados en un largo tiempo. Por lo que es muy importante tener en cuenta que el objetivo general de toda esta investigación es el siguiente: Analizar el conocimiento de la comunidad estudiantil de la UBAM sobre el genocidio y el caso de Ayotzinapa. 1.2.2 Objetivos Específicos Hernández. Fernández, Baptista (2014) se refieren a los objetivos específicos como un método es necesario establecer que se pretende en lo particular con la investigación, es decir, cuáles son sus objetivos. Los objetivos deben expresarse con claridad y ser concretos, medibles, apropiados, y realistas es decir susceptibles de alcanzarse. A continuación, se muestran los objetivos específicos que se pretenden alcanzar con toda esta investigación y con el tema en concreto: ● Conocer todo sobre el tema de la investigación ● Seleccionar a los sujetos de investigación ● Elaborar encuestas sobre el tema para la comunidad estudiantil ● Aplicar las encuestas y dar una exposición del tema

● Analizar los resultados de todas las encuestas ● Conseguir que los estudiantes tengan un mejor conocimiento sobre el genocidio y el caso Ayotzinapa 1.3 Pregunta de Investigación Hernández. Fernández, Baptista (2014) se refieren a la pregunta de investigación como que es importante que los objetivos y la pregunta de investigación deben ser congruentes entre sí e ir en la misma dirección. Para definir los objetivos de investigación, hay que plantear por medio de preguntas, el problema que se estudiará, presentándolo de manera directa y minimizando la distorsión. A continuación, se va a plantear de manera concreta y clara la pregunta de investigación que responderá toda esta investigación: ● ¿Qué tanto conocen los estudiantes de la UBAM sobre el genocidio y el caso Ayotzinapa? 1.4 Viabilidad de la Investigación Hernández. Fernández, Baptista (2014) se refieren a la viabilidad de la investigación como tener en cuenta si tienes o no los conocimientos y competencias necesarias, la disponibilidad de tiempo, recursos financieros y materiales que determinarán los alcances de la investigación. El proyecto es viable ya que a lo largo de los cuatro meses de investigación para este trabajo se ha demostrado que fue gracias a que se tuvo los recursos suficientes para poder realizar; se tendrá al alcance a los sujetos a quienes se les aplicarán las encuestas para determinar toda la investigación, todo estará enfocado precisamente a los resultados de las mismas encuestas a los sujetos seleccionados y a su nivel de conocimiento sobre el tema por lo mismo si se contó con el tiempo suficiente para realizar; también se tuvieron los recursos

que realizarán las encuestas; sin embargo, de igual manera el objetivo de esta investigación es contribuir con el desarrollo del conocimiento que los sujetos adquirirán sobre caso de los 43 estudiantes de Ayotzinapa que fue una desaparición forzada por parte del Estado y como sociedad es de gran interés tener en cuenta todo lo que tuvieron que pelear las familias destrozadas de estos estudiantes para hacer justicia y que hizo el gobierno para poder llegar a la verdad de toda la situación. 1.6 Desconocimiento de la Investigación Hernández. Fernández, Baptista (2014) se refieren al desconocimiento de la investigación como que en ocasiones sólo se menciona el objetivo del estudio y otras veces únicamente la pregunta de investigación, no ambos elementos, casi siempre con la finalidad de no extender demasiado las explicaciones. Un ejercicio que puede resultar revelador para los estudiantes es que cuando se muestra el objetivo, se redacte la pregunta y viceversa. La investigación del caso de los 43 desaparecidos de Ayotzinapa tiene preguntas sin responder, la investigación no ha sido todo lo eficaz que se habría deseado, procedimientos irregulares, posibles torturas a personas sospechosas de haber participado en el crimen o investigaciones forenses manipuladas para apoyar las tesis oficiales (que posteriormente se descubrió que eran falsas) han sido algunos de los obstáculos con los que los familiares han tenido que luchar durante todo este tiempo, cómo quién o quiénes fueron los verdaderos responsables de haber orquestado todo, los motivos que tenían para haber secuestrado a los estudiantes. De igual manera porque se tenía la sospecha de que dichos estudiantes pertenecían o estaban involucrados con el grupo de narcotráfico “Los Rojos” y el “Guerreros Unidos”. Por tal motivo en dicha investigación se tratará de averiguar más a profundidad si en realidad de porque no se llevó correctamente los protocolos para realizar las investigaciones con respecto al caso, también los motivos que tenían los responsables para que los jóvenes fuesen privados de su libertad (desaparición forzada) y torturados hasta perder la vida solamente por querer ir a la conmemoración del 2 de octubre en la Ciudad de México. Además de todo lo anterior, también se tiene en cuenta que definitivamente no se tenía la certeza de que el objetivo de esta investigación se cumpliera por completo; ya que no

siempre dando una explicación sobre un tema como lo es este caso se tiene la seguridad de llegar a dar el mensaje deseado o simplemente que los sujetos no lleguen a dimensionar la gravedad del asunto.

2.1 Origen y Concepto de la Palabra Genocidio La palabra genocidio tuvo sus inicios durante la segunda guerra mundial, apareció por primera vez por el jurista polaco Raphael Lenin, quien consideraba que: “las leyes de guerra existentes eran inadecuadas para tratar las nuevas formas de violencia política que afligían al mundo" (Raphael Lenin, 1940). Con respecto a la cita anterior Lempkin busco con base a sus memorias plasmar con una sola palabra todas las atrocidades cometidas por Hitler, evidenciar lo que aquella guerra había provocado. Leyes que se encargaban de enfatizar la diferencia entre personas, de tal manera que estas personas fueran señaladas y asediadas sin ningún límite, a tal punto que esas conductas de violencia eran iniciadas inclusive por niños, para dejar como prueba un país que había perdido toda pisca de bondad. En el cual se propagaba una maldad interminable, y así dejar en el mundo una huella imposible de borrar, sin importar las medidas que después se tomaran, sus acciones quedarían para siempre. Hasta 1942 Lempkin se mudó a Washington D.C, donde trabajo en el departamento de investigación, para analizar documentos con las atrocidades cometidas por los nazis. Fue finalmente cuando el menciono lo que hoy día se conocería por “genocidio”, refiriéndose a lo mencionado por Lempkin, que decía: “En términos generales, el genocidio no significa necesariamente la destrucción inmediata de una nación, salvo cuando se realiza por el exterminio masivo de todos los miembros de una nación. En cambio, intenta significar un plan coordinado, comprensivo de diversas acciones, con el propósito de destruir los fundamentos esenciales de la vida de grupos nacionales y de aniquilar los grupos en sí. El genocidio se dirige contra el grupo nacional como una entidad, y las acciones del mismo son dirigidas a los individuos, no en su calidad de individuos, pero como miembros de un grupo nacional” (Raphael Lempkin, El Gobierno del Eje en Europa 1942, pg80). Después de la publicación de su libro Lempkin ya tenía un concepto más claro de esta palabra, y como un punto clave interpretar que esta palabra no solo significaba una destrucción masiva; sino, también mencionaba aquellas acciones planificadas, coordinadas con el único propósito de dirigirlas a un grupo de personas para dañarlas lentamente, aquellas acciones que son premeditadas y motivadas por el repudio hacia ese grupo. Anteriormente, después de que Lenin publicará su libro, muchos comenzaron a confundir acciones de discriminación con genocidio, que, aunque la discriminación si va enfocada al genocidio,

existen acciones de discriminación que terminan en genocidio y otras que no. Por ejemplo: matar a miembros del grupo, causar al grupo graves daños corporales o mentales, infligir deliberadamente condiciones "calculadas para provocar su destrucción", impedir los nacimientos entre el grupo o trasladar por la fuerza a los niños de un grupo a otro. Los acusados de genocidio deben ser juzgados en un tribunal internacional o en el lugar donde supuestamente se produjo el acto. 2.2 Clases de Genocidio Para dar introducción a este tema es importante mencionar que este tipo de delitos prácticamente también se dividen por clases o tipos, al poner más atención a la investigación se descubre que existen diversas clases de genocidio como el político, cultural, físico y biológico que se abordan en este apartado y que es significativo que todos los ciudadanos sepan sobre esto, ya que en caso de pasar por este tipo de situaciones es valioso tener en cuenta que clase de genocidio se trata y en ese caso como llegar a denunciar por el delito. 2.2.1 Genocidio Físico De acuerdo a Canosa (1948) “constituyen genocidio físico aquellos actos que producen la muerte o lesiones en algunos de los miembros del grupo. No sólo se debe entender por genocidio la muerte dada a los miembros de determinados grupos humanos, sino también el atentado a su integridad física, el sometimiento a condiciones de vida capaces de causar la muerte” (p. 240). Ahora con lo mencionado anteriormente se puede entender cómo el tipo de genocidio que prácticamente pone en peligro toda la integridad física de una persona; en la actualidad todo ser humano tiene derechos que se deben de respetar como lo dice la ley, pero también se debe tener en cuenta que existen personas que no respetan los derechos o la integridad de las personas por lo que necesariamente este tipo de delitos se deben sancionar; llegan a dañar físicamente muchas veces de manera permanente a las víctimas de estos atroces actos de odio. De hecho, en la historia del ser humano han existido muchos de estos delitos que no hacen más que dañar y afectar a las personas dentro de un grupo en específico, cómo si ser parte de algo o ser como son les da el derecho a los demás de aprovecharse o lastimar.

muy sobreprotectoras de sus orígenes y se sienten orgullosos de ello, entonces el hecho de que prácticamente se les obligue a ya no seguirlas son como castigos en vida. Todas estas clases de genocidio solo hace evidente el hecho que así como antes en la historia del humano se pueden dar este tipo de situaciones, ahora en la actualidad no se encuentran muchas diferencias; estos grupos de personas no tienen ninguna culpa en ser ellos mismo, en tener esa cultura en específico o de tener ideas diferentes a los demás; cada ser humano es diferente en cada aspecto de su vida y no por ello debe pasar por injusticias en entornos que se suponen deben ser sanos o al menos seguros. 2.3 Casos más Importantes en la Historia Sobre el Genocidio. Raphael Lenin, un profesor polaco de origen judío que abandonó su país huyendo del Holocausto, publicó en 1944 su libro Axis Rule in Ocupad Europa (El poder del Eje en la Europa ocupada), en el que expuso todas las atrocidades cometidas por Hitler para exterminar al pueblo judío. En el Lenin estableció el término ‘genocidio’, a partir del sustantivo griego menos, que quiere decir "raza o pueblo", y del sufijo latino dice, que significa "matar"(Lempkin, 1994). Citando a Lempkin la palabra genocidio, tiene un solo significado aniquilar, alrededor de la historia se ha demostrado que la humanidad es capaz de realizas las más hermosas y horrendas cosas; sin embargo, para varia autores el hombre solamente es malo, Hobbes decía que :”El hombre es malo por naturaleza y la sociedad trata de corregirlo a su modo”, Hobbes y Lempkin comparten una idea en común, un ser humano es capaz de dañar a otro ser humano sin una causa justificada y por ello debe existir algo que los detenga. Cuando algo no delimita al ser humano, es decir que existiera algo que le permitiera ser libre, Hobbs proponía que este solo sería capaz de hacer cosas para destruirse unos a otros, y por ello hasta el día de hoy ha sido necesario delimitarlo. Durante el paso de los años se ha comprobado lo que un ser humano es capaz de hacer a otro, por ejemplo: El genocidio armenio el cual supuso más de un millón de víctimas entre 1915 y 1923 y es negado sistemáticamente por el estado turco. En la actualidad es reconocido explícitamente por 24 países, aunque España sigue sin hacerlo. Más allá de los terribles traumas del genocidio, en el que desaparecieron la mitad de los armenios del imperio otomano, la diáspora armenia continúa, estimada en unos ocho millones de personas. Mejor conocido como el genocidio

olvidado ya que hoy en día, muy pocos recuerdan que el primer país que invadieron los nazis fue el suyo. Antes del conocido Holocausto en 1935 Hitler ya había establecido leyes bajo ideales de conservar un país con sangre pura. Fue el 16 de diciembre de 1942 cuando Himmler ordenó a “todos los gitanos mestizos, gitanos romaníes y miembros de clanes gitanos de origen balcánico que no sean de sangre alemana” fueran encerrados en el campo de concentración de Auschwitz. De hecho, durante el Imperio alemán y la República de Weimar, se aprobaron numerosas leyes de hostigamiento contra la población romaní, e incluso mantuvieron un servicio policial especial “en relación con los gitanos”. Pero, concretamente, bajo el gobierno de Hitler, en 1935 se aprobaron una serie de normas discriminatorias “para la protección de la sangre y el honor”, denominadas Leyes de Nuremberg. (Fekali Asociacion de mujeres gitanas, SF. https://fakali.org/samudaripen-el-holocausto-gitano/). Las leyes de Numberg, fueron la clave para hacerse daño entre seres humanos de una manera legal, pues habían sido impuestas por el representante de un país. Con base a lo anterior se comprende claramente que un ser humano es capaz de hacer daño a otro sin algún limite, en especial si uno de los 2 cuenta con los medios para hacerlo, pero no solo termina en esos casos. En México han ocurrido hechos más rápidos de genocidio, pero con un impacto que hasta el día de hoy queda en la memoria de cada uno de los habitantes de este país. Al comenzar por el Genocidio del 02 de octubre, denominado como “La Matanza de Tlatelolco”, comenzó en el año de 1968 por las detenciones masivas, arbitrarias e ilegales, así como por la planificación detallada y el alto grado de entrenamiento de las fuerzas represivas que participaron en los hechos. Así lo han calificado los sobrevivientes, quienes exigen que a los responsables se les juzgue por el acto de genocidio. La masacre del 2 de octubre fue cometida por el Ejército Mexicano y el grupo paramilitar Batallón Olimpia en contra de una manifestación pacífica. Inicialmente, la presencia de este batallón en el lugar de los hechos fue negada por el presidente de México, Gustavo Díaz Ordaz (1964-1970), quien encubrió a ese grupo con el argumento de que su función era custodiar las instalaciones para los Juegos Olímpicos. Sin embargo, aquel día, el ejército y el Batallón Olimpia, identificados por portar un guante blanco, pusieron en marcha la “Operación Galeana” con el fin de detener a los miembros del

2.4 Marco Legal del Genocidio. Como humanos todos tienen derecho a ser respetados; sin embargo, por naturaleza son capaces de destruir todo aquello que es frágil, inclusive destruirse entre ellos, es por ello que las leyes son necesarias, estas delimitan el comportamiento del hombre en la sociedad, pero jamás delimitaran su pensamiento, pues esto es algo que nadie puede impedir. Todos pueden pensar en cometer acciones contrarias a la ley, pero serán pocos los que decidan llevar esto a cabo, especialmente si por hacer esta acción se ganan una sanción, según El Marco Jurídico una sanción es: La consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber produce en relación con el obligado. La sanción en este sentido, se encuentra condicionada a la realización de un supuesto. Tal supuesto tiene carácter secundario, ya que consiste en una inobservancia de un deber establecido por una norma a cargo del sujeto sancionado. La obligación cuyo incumplimiento representa el supuesto jurídico de la sanción, deriva a su vez de otro supuesto, al que lógicamente corresponde el calificativo de primario. (Untitled Document. (s/f). Gob.mx. Recuperado el 9 de noviembre de 2024, http://www.contraloriadf.gob.mx/contraloria/cursos/MARCOJURIDICO/paginas/sans.php) La sanción será entonces la consecuencia obtenida por contradecir lo escrito en una norma y esta será cumplid por una autoridad competente, en México el delito de genocidio se encuentra tipificado en el Código Penal Federal [CPF]. Art.149. 20 de enero de 1967 (México). “Comete el delito de genocidio el que, con el propósito de destruir, total o parcialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religioso, perpetrase por cualquier medio, delitos contra la vida de miembros de aquellos, o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproducción del grupo”. En el artículo se menciona que a todo aquel que elimine a un grupo por sus características y mediante cualquier medio, será acreedor a este delito, sancionándolo de 20 a 40 años de prisión, así como una multa de 15 mil a 20 mil pesos. Con base a lo anterior el Código también menciona, a este delito en sus modalidades, al incluir a quienes, sin haber privado de la vida a un grupo con ensañamiento, hubieren atacado a la integridad corporal o a la salud de los miembros de dichas comunidades o se trasladaren de ellas a otros grupos menores de dieciocho años, al emplear para ello la violencia física o moral, la sanción será de cinco a veinte años de prisión y multa de 2 mil a 7

mil pesos. Del mismo modo a quienes con igual propósito someta intencionalmente al grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial. En caso de que los responsables de dichos delitos fueran gobernantes, funcionarios o empleados públicos y las cometieren en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de las sanciones establecidas en este artículo se les aplicarán las penas señaladas en el artículo 15 de la Ley de Responsabilidades de los funcionarios y Empleados de la Federación. Citando otro artículo del Código Penal Federal, también menciona sanciones para el delito de discriminación, con base al Código Penal Federal [CPF]. Art.149 Ter. 14 de junio de 2012 (México): Artículo 149 Ter. Se aplicará sanción de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que por razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen nacional o social, condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas mediante la realización de cualquiera de las siguientes conductas: I. Niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho; II. Niegue o restrinja derechos laborales, principalmente por razón de género o embarazo. III. Niegue o restrinja derechos educativos. El artículo anterior menciona que todo aquel que sin causa justificada menosprecie a una persona al vulnerar su dignidad y negándole algún servicio, será acreedor a estas sanciones, es indispensable mencionar que el delito de genocidio es principalmente impulsado por la discriminación, debido a que no solo comprende la simple acción, sino que existe un ensañamiento en contra de las víctimas por sus características en específico; sin embargo, este delito solo es perseguido por querella, algo que resulta en un delito difícil de prevenir, debido a que la mayoría de la víctimas no saben ni siquiera que están siendo discriminadas y en caso de saberlo, no tiene idea de cómo proceder se implemente no les interesa proceder, volviéndolo un hecho que a pesar de ser contario a la ley, es tomado en cuenta como algo normal debido a la normalización actual de la violencia.