Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Atributos de una persona, Apuntes de Derecho

Los diferentes atributos de una persona, como el domicilio, estado civil, nacionalidad y patrimonio. Se explica la diferencia entre el domicilio legal y convencional, así como los dos estados civiles existentes. También se detalla cómo se adquiere la nacionalidad y se menciona que cerca del 10% de la población mundial no tiene nacionalidad. Además, se define el patrimonio como el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y cargas valoradas en dinero que constituyen una en universalidad de derecho. Por último, se plantea una pregunta sobre la diferencia entre un hecho y un acto jurídico.

Tipo: Apuntes

2022/2023

A la venta desde 23/11/2023

tania-solano-2
tania-solano-2 🇲🇽

15 documentos

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Domicilio: Del latín "domus", significa casa; es la "casa habitación de una persona".
El título tercero del Código Civil, reconoce como tipos de domicilio: Legal y Convencional.
Personas Físicas:
-
Domicilio lega: Lugar donde la ley fija la residencia de una persona para el ejercicio de sus derechos y cumplimientos de sus obligaciones.
Domicilio convencional: El que designa la persona para el cumplimiento de sus derechos y obligaciones, aun cuando no resida en él.
Persona moral:
-
Estado civil: Estado o atributo de la personalidad que se refiere a la posición que ocupa una persona en relación con la familia, el Estadoo la
nación, en el primer caso se le denomina Estado Civil.
Hay 2 estados Civiles: Soltero y casado.
Es el único atributo que no se comparte con las personas morales.
Nacionalidad: La relación que une a una persona, ya sea física o moral con un estado, adjudicándole su ciudadanía, lo que le confiere derechos y
obligaciones, y el sometimiento, por lo tanto a su régimen jurídico.
Persona física:
-
Hay nacionalidad por nacimiento: Cuando nace en territorio nacional, incluyendo embajadas, espacios aéreos, mares, islas, etc.
Naturalizada: Cuando pasas más de 5 años en otro país, esta si se puede perder si pasas más de 5 años en otro país o si se acepta sin permiso una
condecoración extranjera, o si entra o sale del país con un pasaporte distinto.
La ley dice que cuando no se sabe dónde nació una persona, la nacionalidad será de donde pise por primera vez tierra.
No hay un límite de nacionalidades
Cerca de 10% de la población mundial no tienen nacionalidad, se les considera como apátridas o anacionales.
Patrimonio: Significa hacienda heredada de los ancestros.
Es el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y cargas valoradas en dinero que constituyen una en universalidad de derecho.
Tanto personas físicas como morales reciben la misma conceptualización.
INVESTIGAR LA DIFERENCIA ENTRE UN HECHO Y UN ACTO JURÍDICO.
Atributos de una persona
jueves, 30 de marzo de 2023
11:18 a. m.
Derecho página 1

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Atributos de una persona y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity!

  • Domicilio: Del latín "domus", significa casa; es la "casa habitación de una persona". El título tercero del Código Civil, reconoce como tipos de domicilio: Legal y Convencional.
  • Personas Físicas: Domicilio lega: Lugar donde la ley fija la residencia de una persona para el ejercicio de sus derechos y cumplimientos de sus obligaciones. Domicilio convencional: El que designa la persona para el cumplimiento de sus derechos y obligaciones, aun cuando no resida en él.
  • Persona moral: El domicilio es donde se establezca la administración del negocio. Si hay administración en distintos puntos, todos se pueden considerar como su domicilio. Estado civil: Estado o atributo de la personalidad que se refiere a la posición que ocupa una persona en relación con la familia, el Estado o la nación, en el primer caso se le denomina Estado Civil.

Hay 2 estados Civiles: Soltero y casado. Es el único atributo que no se comparte con las personas morales. Nacionalidad: La relación que une a una persona, ya sea física o moral con un estado, adjudicándole su ciudadanía, lo que le confiere derechos y obligaciones, y el sometimiento, por lo tanto a su régimen jurídico.

  • Persona física: Hay nacionalidad por nacimiento: Cuando nace en territorio nacional, incluyendo embajadas, espacios aéreos, mares, islas, etc. Naturalizada: Cuando pasas más de 5 años en otro país, esta si se puede perder si pasas más de 5 años en otro país o si se acepta sin permiso una condecoración extranjera, o si entra o sale del país con un pasaporte distinto. La ley dice que cuando no se sabe dónde nació una persona, la nacionalidad será de donde pise por primera vez tierra. No hay un límite de nacionalidades Cerca de 10% de la población mundial no tienen nacionalidad, se les considera como apátridas o anacionales.
  • Patrimonio: Significa hacienda heredada de los ancestros. Es el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y cargas valoradas en dinero que constituyen una en universalidad de derecho. Tanto personas físicas como morales reciben la misma conceptualización.

INVESTIGAR LA DIFERENCIA ENTRE UN HECHO Y UN ACTO JURÍDICO.

Atributos de una persona

jueves, 30 de marzo de 2023 11:18 a. m. Derecho página 1