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En el siguiente documento vemos un ejemplo de un oficio de acuerdo de detención y retención realizado como ministerio público en base al código nacional de procedimientos penales
Tipo: Ejercicios
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Siendo las 13:5 5 horas del día 18 de junio del año dos mil veinticuatro, en la ciudad de Guaymas, Sonora, yo la LIC. ASHLEY VIANEY CASTRO VARGAS , AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO EN GUAYMAS, SONORA, recibí INFORME POLICIAL HOMOLOGADO, con número de referencia 0834 / 2024 , de esta misma fecha, por los C.C.C. POLICIA PRIMERO, FRANCISCO JAVIER AMADOR LOPEZ, POLICIA SEGUNDO, SANTIAGO OLEA RETES, POLICIA ALEJANDRO GONZALEZ RAMIREZ, en su calidad de agentes de la policía y tránsito municipal de seguridad pública, pertenecientes al municipio de Guaymas, Sonora, mediante el cual informan de la detención de quien lleva por nombre , LUIS FERNANDO BORQUEZ SANCHEZ de 44 años de edad, como probable responsable en la comisión del hecho delictivo PORTACIÓN DE ARMA PROHIBIDA Y LESIONES QUE TARDAN MAS DE 15 DÍAS EN SANAR Y/O LO QUE RESULTE, ilícito previsto y sancionado por los artículos, 140 fracción I, 242, 243 fracción II, 244, 259, 261, 262 BIS fracción II, 262 ter, todos del Código Penal para el Estado de Sonora vigente, cometido en agravio de MARTIN GALLEGOS HERNANDEZ , el aseguramiento del investigado fue bajo el supuesto de flagrancia contemplada por el Código Nacional de Procedimientos Penales en sus numerales 146 fracción II inciso B, 147 y 148; a las 13: 05 horas del día dieciocho de junio del año dos mil veinticuatro y puesto a disposición de esta Representación Social, a las 13: 55 horas del día dieciocho de junio del año dos mil veinticuatro, por la probable comisión del delito antes citado con el Informe Policial Homologado y sus anexos correspondientes. Ahora bien, tomando en cuenta que se registró de inmediato su detención, se le hicieron saber los derechos que como imputados tiene, en tales condiciones se procede a examinar las condiciones y circunstancias en que se llevó a cabo la detención y de las actuaciones mencionadas se obtiene que nos encontremos bajo el siguiente supuesto:
Siendo las 13:00 horas, del día 18 de junio del 2024, al encontrarnos en recorrido de prevención y vigilancia correspondientes a la zona centro e ir circulando por la calle 13 av. 4 colonia Yucatán, abordo de la CRP-191, al mando de POLICIA PRIMERO, FRANCISCO JAVIER AMADOR LOPEZ, con 02 elementos de fuerza, POLICIA SEGUNDO, SANTIAGO OLEA RETES, POLICIA ALEJANDRO GONZALEZ RAMIREZ, nos percatamos que dos personas del sexo masculino, de los cuales uno de ellos de complexión media, tez moreno claro, de aproximadamente 1.60m de altura, vestía una playera tipo polo en color verde, tenis blancos, de aproximadamente 30 años de edad, el otro sujeto de complexión robusta, tez clara, de aproximadamente 1.70m de altura, el otro sujeta vestía una playera rojo, tenis negros, de aproximadamente 40 años de edad, mismo que saco un objetó punzo cortante de entre sus ropas, sujetándolo con su mano derecha y con ese mismo lanza varios movimientos intentando lesionarlo logrando alcanzar con uno de esos movimientos el abdomen de el que viste playera verde, por lo que se le pide apoyo a cruz roja por medio de C5I Guaymas, al vernos descender de la unidad el sujeto de playera roja intenta huir a fuerza de carrera, por lo que procedemos a su persecución a pie tierra, el cual arroja al suelo una navaja, con la cacha de metal con plástico negro y hoja de metal de aproximadamente 14 cm la cual siendo las 13:05 horas fue asegurada por el POLICIA, ALEJANDRO GONZALEZ RAMIREZ , por lo que el POLICIA PRIMERO, FRANCISCO JAVIER AMADOR LOPEZ, aseguro a la persona aproximadamente 50 metros hacia el sur de donde se suscitaron los hechos, poniéndole candados de seguridad, informándole por medio de comandos verbales el motivo de su detención por su probable comisión en el hecho que la ley señala como delito por PORTACION DE ARMA PROHIBIDA Y LESIONES, dando lectura a los derechos que le asisten como detenido, a quien dijo llamarse, LUIS FERNANDO BORQUEZ SANCHEZ, alias “EL GORDO” con fecha de nacimiento 03/02/1980 de 44 años de edad, originario de Esperanza, Sonora, con domicilio en calle 12 de marzo N° 3098 en colonia Nueva Esperanza en la ciudad de Cajeme Sonora con número de celular 6448796454, dando aviso vía telefónica al agente del ministerio público del fuero común, quien al tener conocimiento de los hechos ordeno ponerlo inmediatamente a su disposición, por lo que el POLICIA SEGUNDO, SANTIAGO OLEA RETES, procede a dar lectura a sus derechos que le asisten como víctima, así mismo realizándole el acta entrevista a la persona lesionada quien dijo llamarse MARTIN GALLEGOS HERNANDEZ, mismo que fue trasladado por la unidad de cruz roja con número económico 35, a cargo del paramédico LORENZO COTA con 02 de fuerza, al nosocomio IMMS bienestar en calle 12 av. 7 colonia centro, donde fue atendido por el médico de guardia en turno quien lo diagnostica con una herida en lado derecho parte baja del abdomen, de 8 cm de profundidad, causándole una hemorragia interna, a su vez el médico legista FERNANDO BORBÓN dictamina que presenta herida con profundidad de 8 cm parte baja lado izquierdo del abdomen, con una hemorragia interna, la cual pone en riesgo la vida y tardan más de 15 días en sanar que ponen en riesgo la vida, bajo certificado médico con folio N°0027siguiendo el protocolo, nos trasladamos a las instalaciones de la dirección de seguridad pública de Guaymas, a bordo de la CRP-191, desde el lugar de la detención tomando la calle 13 al llegar a la altura de la av. Serdán doblando a la izquierda para tomar la avenida
calidad de agentes de la policía municipal de seguridad pública, por su probable participación en la comisión de los hechos que la ley señala como el delito, PORTACIÓN DE ARMA PROHIBIDA Y LESIONES QUE TARDAN MAS DE 15 DÍAS EN SANAR Y/O LO QUE RESULTE, ilícito previsto y sancionado por los artículos, 140 fracción I, 242, 243 fracción II, 244, 259, 261, 262 BIS fracción II, 262 ter, todos del Código Penal para el Estado de Sonora vigente. con fundamento en lo establecido por los artículos 16 párrafo V y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos SEGUNDO : Se Decreta la legal Retención del imputado LUIS FERNANDO BORQUEZ SANCHEZ por su probable participación en la comisión de los hechos que la ley señala como el delito, PORTACIÓN DE ARMA PROHIBIDA Y LESIONES QUE TARDAN MAS DE 15 DÍAS EN SANAR Y/O LO QUE RESULTE, ilícito previsto y sancionado por los artículos, 140 fracción I, 242, 243 fracción II, 244, 259, 261, 262 BIS fracción II, 262 ter, todos del Código Penal para el Estado de Sonora, por el termino de 48 horas, el cual comienza a correr a partir de las 13:55 horas, momento en que fue puesto físicamente a disposición de esta Representación Social, y el cual vence a las 13: horas del DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2024 , término en que deberá resolverse su situación jurídica. TERCERO: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 229 y 230 del Código Nacional de Procedimientos Penales vigente en la entidad, esta autoridad procede a asegurar los siguientes objetos, mismos que se encuentran relacionados con los presentes hechos, siendo:
autorización del mismo con la finalidad de que sirva informar si cuenta con antecedentes penales u orden de aprehensión vigente y pendiente por cumplimentar.
LIC. ASHLEY VIANEY CASTRO VARGAS.**