








Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Un caso práctico sobre indemnizaciones en el derecho laboral ecuatoriano. Se analiza la situación de un trabajador despedido intempestivamente, incluyendo el cálculo de las indemnizaciones por despido, vacaciones, décimo tercer y décimo cuarto sueldos, y fondos de reserva. El documento proporciona una guía práctica para comprender los conceptos y cálculos relacionados con las indemnizaciones laborales en ecuador.
Tipo: Apuntes
1 / 14
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
UNIDAD 4: Derecho Laboral CASO PRÁCTICO “IMDEMNIZACIONES” Tipo de contrato: Indefinido
El Sr. Patricio Moscoso ingresó a laborar al “Comercial Medina” el 1 de junio del año 2016 desempeñando el cargo de Asesor Comercial. El 30 de Junio del año 2024 es despedido intempestivamente por reducción de personal. Durante el mes de junio realizó $ 100 en Horas extraordinarias y ganó $ 80.00 en comisiones. Además recibió $ 50.00 en viáticos y su décimo cuarto mensualizado. El señor Patricio Moscoso no ha tomado sus vacaciones del periodo 2023 -
PENDIENTE DE PAGO Conceptos MAYO 30,2024 Junio 30- Sueldo $1.200,00 $1.200, Horas Extras $120,00 $100, Comisiones $100,00 $80, Viaticos $50,00 $50, 4to. Cuarto Mensualizado $38,33 $38, TOTAL INGRESO $1.508,33 $1.468,
(^1) Seleccione la razón por la que el trabajador fue separado de la empresa:
Las causales de terminación del contrato individual de trabajo por la que el trabajador se ha desvinculado de la empresa:
1 Por las causas legalmente previstas en el contrato. 2 Por renuncia voluntaria(acuerdo de las partes). 3 Por la conclusión de la obra, período de labor o servicios objeto del contrato. 4 Por muerte o incapacidad del empleador o extinción de la persona jurídica contratante. 5 Por muerte del trabajador o incapacidad permanente y total para el trabajo. 6 Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten el trabajo, como incendio, terremoto, etc. 7 Por voluntad del empleador previo visto bueno. 8 Por voluntad del trabajador previo visto bueno. 9 Por desahucio. 10 Por despido Intempestivo.
2 ¿Cuáles son las indemnizaciones que debe recibir el Sr. Patricio Moscoso por su separación de la empresa?
Indemnizacion por despido intempestivo: Según el Articulo 188 del Codigo de Trabajo, el empleador debe indemnizar al trabajador con un mes de remuneracion por cada año de servicio, sin que el valor exceda de 25 meses de remuneracion. Decimo cuarto mensualizado: Este incluye en el calculo de la indemnizacion Vacaciones no gozadas: Según el Articulo 185 del Codifo del Trabajo, el trabajador tiene derecho a recibir una cmpensacion por las vacaciones no gozadas.
(^3) Calcule el valor de las indemnizaciones que debe recibir el Sr. Moscoso de acuerdo a la normativa vigente.
Indemnizacion + Bonificacion $ 16.170,
(^4) Determine el valor total que el Sr. Patricio Moscoso debe recibir como "Liquidación"
$ 19.042,
Decimotercer Sueldo: Es un salario adicional equivalente a la doceava parte de las remuneraciones recibidas en el año. Se calcula de manera proporcional al tiempo trabajado. Cálculo: (Suma de salarios del año / 12) x meses trabajados.
Datos para el cálculo Mes AÑO Remuneración recibida Diciembre 2023 $1.140, Enero 2024 $1.485, Febrero (^2024) $1.485, Marzo 2024 $1.485, Abril (^2024) $1.485, Mayo 2024 $1.508, Junio 2024 $1.468, Julio 2024 Agosto 2024 Septiembre 2024 Octubre 2024 Noviembre 2024
CÁLCULO:
Período DICIEMBRE 1 DEL AÑO ANTERIOR 2023 NOVIEMBRE 30 DEL AÑO ACTUAL 2024
MES AÑO VALOR REMUNERACION Diciembre (^2023) $1.140, Enero 2024 $1.485, Febrero 2024 $1.485, Marzo (^2024) $1.485, Abril 2024 $1.485, Mayo (^2024) $1.508, Junio 2024 $1.468, Julio 2024 Agosto 2024 Septiembre 2024 Octubre 2024 Noviembre 2024
SUMAN: $ 10.057, 12 Decimo tercer sueldo a pagar en la liquidacion $ 838,
Vacaciones anuales Todo trabajador tiene derecho a gozar anualmente de un período ininterrumpido de quince días de vacaciones, incluidos los días no laborables. (Art. 69 CT.) El derecho a las vacaciones es irrenunciable y no puede ser compensado ni siquiera con su valor en dinero, y cualquier acuerdo que prive de derecho al trabajador no tendrá valor alguno. El trabajador que cumple su labor en una modalidad de trabajo de jornada parcial permanente tiene derecho a gozar anualmente de un período ininterrumpido de quince días de descanso, incluidos los días no laborables. Los trabajadores menores de dieciséis años, tienen derecho a veinte días de vacaciones, y los mayores de dieciséis y menores de dieciocho, a dieciocho días de vacaciones. Los trabajadores que han prestado servicios por más de cinco años en la misma empresa o al mismo empleador, tienen el derecho a gozar de un día de vacaciones por cada uno de los años excedentes, hasta un máximo de quince, salvo que las partes, mediante contrato individual o colectivo, convengan en ampliar tal beneficio. Igual beneficio, tienen los trabajadores contratados a tiempo parcial permanente.
Liquidación para el pago de vacaciones La liquidación para el pago de las vacaciones, se hará en forma general y única, computando la veinticuatroava parte de lo percibido por el trabajador durante un año completo de trabajo. Para éste efecto, se tomarán en cuenta lo percibido por el trabajador por concepto de trabajo suplementario, extraordinario, a destajo, comisiones, participación en beneficios, el aporte individual al IESS cuando lo asume el empleador, o cualquier otra retribución que tenga el carácter de normal en la industria o servicio. Se exceptúan el porcentaje legal de utilidades, los viáticos o subsidios ocasionales, la decimotercera y decimocuarta remuneración, y el beneficio que representan los servicios de orden social. (Transporte, alimentación, seguros médicos, etc.) Los días de descanso adicional por antigüedad, es un derecho consagrado a favor de los trabajadores; sin embargo, es atribución del empleador decidir si el trabajador los goza, o en su defecto los paga en dinero. El trabajador que no ha cumplido un año de labores, tiene derecho a vacaciones en la parte proporcional al tiempo de servicios, y el pago se lo hará de conformidad con lo establecido anteriormente.
FUENTE: - Código del Trabajo. - Acuerdo Ministerial MDT 135-2018, Registro Oficial 264, de 19 junio de 2018.
FONDOS DE RESERVAS
El pago de fondo de reserva es un derecho irrenunciable de todos los trabajadores en relación de dependencia, que se hace efectivo después de que han cumplido el primer año de trabajo para un mismo empleador, según lo establece el capítulo XI, artículo 196, del Código del Trabajo.
El plazo que tiene el empleador para depositar el fondo de reserva en el IESS es el mismo que tiene para pagar los aportes: entre los 15 primeros días del mes siguiente al trabajado.
CALCULO FONDOS DE RESERAS Se calcula utilizando el 8.33% de la remuneración mensual percibida y aportada al IESS (horas suplementarias y extraordinarias, a destajo, comisiones, participación en beneficios).
Remuneración (^) $1.470,00 $1.430,
BASE PENDIENTE DE PAGO Junio 30-
Conceptos Valor Sueldo $1.200, Horas Extras (^) $100, Comisiones (^) $80, Viaticos (^) $50, 4to. Cuarto Mensualizado (^) $38, TOTAL junio (^) $1.468,
Fondo de Reservas VALOR FONDOS DE RESERVAS (^) 8,33% 122,
Cálculos
Ultima Remuneración:
Tipo de contrato Indefinido
MAYO 30,2024 Valor
Sueldo $1.200,
Horas Extras $120,
Comisiones $100,
Viaticos $50,
4to. Cuarto Mensualizado $38,
Total percibido en Mayo $1.508,
Remuneración de Mayo 1470,
CALCULO BONIFICACION 25 % POR CADA AÑO
AÑo (^) Remuneración cALCULOIndemnización
Año 2016 $1.470,00 25% $367,
Año 2017 $1.470,00 25% $367,
Año 2018 $1.470,00 25% $367,
Año 2019 $1.470,00 25% $367,
Año 2020 $1.470,00 25% $367,
Año 2021 $1.470,00 25% $367,
Año 2022 $1.470,00 25% $367,
Año 2023 $1.470,00 25% $367,
Año Hasta Junio 30 -2024 $1.470,
Tipo de contrato Indefinido
DESPIDO INTEMPESTIVO
El despido intempestivo en el ámbito Laboral es la ruptura unilateral
que hace el empleador del contrato individual de trabajo, que celebró
con uno o varios trabajadores. El despido puede ser injustificado,
sin que existan presupuestos para su acontecer, en este caso el empleador está en la obligación de indemnizar al trabajador
despedido en la forma y cuantía que estipula la ley. Existe también el despido con justa causa, motivada por la mala conducta con trascendencia laboral del trabajador, en este caso no ha lugar
ningún tipo de indemnización para el trabajador.
ACTA DE FINIQUITO
El finiquito es un documento que la empresa debe entregar al trabajador y en el que se le ofrece todas las cantidades adeudas hasta el día de la fecha de fin del contrato. Es decir, que el finiquito laboral es el conjunto de dinero que la empresa debe darle al trabajador por el trabajo realizado cuando se termina la relación laboral entre las dos partes.
Incluye los siguientes rubros: Nómina del último mes. Vacaciones pendientes Remuneraciones especales Pagas extra que no se han cobrado/pagado Indemnización correspondiente por año trabajado (en caso de despido). Bonificacion por desahucio